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Errepar03/01/2023
La AFIP habilitó en el SIRADIG la carga de las percepciones por compras de dólar ahorro y gastos con tarjetas
La AFIP ya habilitó en el SIRADIG la posibilidad de solicitar las devoluciones de las percepciones del impuesto a las ganancias sufridas por la realización de operaciones en moneda extranjera.
Los contribuyentes que compraron dólar ahorro o solidario durante el año 2022 o tuvieron gastos en dólares por compra de bienes y servicios en el extranjero ya pueden reclamar ante AFIP del adelanto del impuesto a las Ganancias, tal como lo tiene previsto la Resolución General 4815 del Organismo Fiscal.
En el pedido de devolución se pueden incluir las operaciones que se hayan hecho entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022.
Recordamos que los importes que se pueden solicitar en devolución son los originados por el régimen dispuesto por la resolución general 4815 por las operatorias de compras en billetes y divisas en moneda extranjera de acuerdo al siguiente detalle:
Pueden pedir la devolución a la AFIP de los importes retenidos durante el 2022 quienes:
Para los sujetos obligados al pago del impuesto a las ganancias, esta percepción se deberá utilizar como un pago a cuenta del impuesto.
Para solicitar la devolución se deben cumplir diferentes plazos dependiendo del tipo de sujeto:
Para solicitar la devolución, los sujetos alcanzados por el impuesto a las ganancias, deberán ingresar al servicio de la AFIP SIRADIG/Trabajador. Por ello, los trabajadores alcanzados por Ganancias y Bienes Personales deberán completar las percepciones en el formulario 572web.
En dicho formulario deberán clickear sobre la opción Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020. Allí se desplegará un menú de los gastos si fueron por servicios, compra de bienes o de dólares para atesoramiento.
Una vez completado, se debe generar una DDJJ y enviar el formulario (on line) al empleador.
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