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Errepar14/05/2023
El Gobierno anunció el lanzamiento de un plan de facilidades de pago y de alivio fiscal para la MiPyMes
En el día domingo 14 de mayo, el Gobierno Nacional anunció un amplio plan de facilidades de pagos y de alivio fiscal para las micro, pequeñas y medianas empresas con una tasa de financiamiento reducida.
Al respecto, se pondrán en vigencia un amplio programa de alivio fiscal y un plan de facilidades de pagos para cancelar obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril del corriente año.
El plan de facilidades de pago incluirá a las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidos sus intereses y multas, vencidas al 30 de abril pasado, multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, todo ello conforme con lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones- formulados hasta el 30 de abril del corriente año.
Asimismo, se resolvió que este nuevo plan incluya la deuda en discusión en sede administrativa-judicial como así también la incluida en planes caducos hasta la vigencia del mismo, en tanto que no se permite la refinanciación de planes vigentes y no se incluye los vencimientos de ganancias y bienes personales de diciembre de 2022.
El anuncio diferencia la cantidad de cuotas y el interés de financiación de acuerdo al tipo de empresa que adhiera al régimen de facilidades de pago.
Al respecto, las micro y pequeñas empresas podrán refinanciar sus deudas impositivas y aduaneras hasta 84 cuotas, mientras que con las obligaciones con la Seguridad Social podrán hacerlo en 36 cuotas.
Por su parte, con las deudas por retenciones y percepciones se podrán regularizar en 12 cuotas.
La tasa de interés aplicable para estas empresas será la equivalente al 60% del interés resarcitorio.
En tanto, para las medianas empresas del tramo I, las deudas impositivas y aduaneras podrán refinanciarlas en 48 cuotas, los aportes a la Seguridad Social en 24 cuotas y las deudas por Retenciones y Percepciones, en 6 cuotas.
Para este tramo de empresas, la tasa aplicable será equivalente al 60% del interés resarcitorio.
Por último, para el resto de los contribuyentes, incluidos aquellos que no tramitaron certificado de Mipyme, personas humanas y medianas empresas tramo II, podrán refinanciar las deudas impositivas en 36 cuotas, los aportes a la Seguridad Social y las obligaciones aduaneras en 18 cuotas y las retenciones y percepciones en 3 cuotas, con una tasa equivalente al 100% del interés resarcitorio.
Cabe destacar que este segmento no se incluye a las Asociaciones Civiles y ONGs, ya que para estos casos se aplicarán las condiciones previstas al Plan para Micro y Pequeñas Empresas.
En tanto, la AFIP dispuso un alivio fiscal para los planes vigentes de Mipymes con tasa Badlar.
Este es un problema que se potenció debido a que desde abril pasado se aplica la tasa Badlar para bancos privados, que se encuentra en el orden de un 70% anual y debido a eso los planes de pago a partir de ese mes tienen aumentos sustanciales, afectando principalmente a las Mipymes.
Al respecto, desde el Ministerio de Economía dijeron que esta medida generará "un alivio fiscal promedio del 50% de las cuotas mensuales de planes de pago que pagan las Mipymes en el marco de la moratoria de la Ley 27.563".
Desde el Organismo Tributario mencionaron, a modo de ejemplo, que dentro de un plan vigente de 120 cuotas para una deuda de 1.200.000 pesos, la cuota actual es de 71.500 pesos y con este nuevo programa de alivio fiscal, la cuota será de 32.500 pesos, lo que representa un ahorro de 55%.
Asimismo, para un plan de 120 cuotas, con una deuda de 5.400.000 pesos, la cuota actual es de 336.000 pesos y con el alivio fiscal, la cuota pasará a ser de 153.400 pesos, lo que representa un ahorro del 54%.