¡No se han encontrado coincidencias!
Esta funcionalidad no se encuentra disponible para su nivel de usuario. Suscribase para obtener mayores beneficios.
Imprimir
Compartir
En Linkedin
En Facebook
En Twitter
En Telegram
Por email
Por Whatsapp
Obtener link
Erreius23/02/2023
Mariana Rey Galindo analiza las novedades y procedimientos del fuero de familia luego del recientemente sancionado Código Procesal provincial
Jueza de Familia y Sucesiones en Tucumán
Durante mucho tiempo, se consideró que el proceso civil podría incluir a todas sus especificidades. Hoy, es muy claro para varias provincias y para los académicos que los fenómenos y las problemáticas de las relaciones de familia rebasan la lógica jurídica de un proceso civil común.
Sin embargo, cabe preguntarse:
- ¿Hay un andamiaje teórico propio del derecho de las familias que tenga incluso autonomía de la teoría jurídica procesal?
- ¿Cuáles son sus principales características?
- ¿Cuál es el fundamento de los derechos humanos?
- ¿Cómo se puede armonizar el conjunto de herramientas provenientes del derecho procesal común?
Sin pretender dar respuestas a cada una de ellas, puesto que, sin duda, cada uno de los puntos anteriores generaría reflexiones individualizadas que posibilitarían escribir varios libros, el principal objetivo en este trabajo es poner de relieve que las reglas del proceso de familia se conviertan en una herramienta analítica, práctica y útil para ser aplicada a diversos ejercicios como: la identificación de los conflictos propios de esta rama del derecho civil y la gestión de esos conflictos y la garantía del ejercicio efectivo de los derechos subjetivos.
Tucumán sancionó, el pasado 22/9/2022, la ley 9581 por la cual regula los procedimientos del fuero de familia. Con vigencia a partir del 1/11/2022.
La estructura del Código:
- Libro 1: Disposiciones generales.
- Libro 2: Procesos de familia.
- Libro 3: Recursos.
A partir de esta herramienta procesal, se pretende dar un tratamiento especial y específico a los conflictos familiares. Tratamiento diferenciado de las normas procesales civiles clásicas.
La norma procesal tucumana -específica para el fuero de familia- procura dejar de lado el modelo adversarial tradicional para poner el acento en una forma diferente de litigio.
El Código consagra una serie de principios procesales relativos al debido proceso desde la perspectiva de derechos humanos. Los procesos diseñados son especiales (divorcio, filiación, liquidación de régimen patrimonial, alimentos, medidas autosatisfactivas, nombre, etc.), en los que lleva implícito la protección y la garantía para el ejercicio de derechos personalísimos. Constitutivo de los bienes primarios socialmente reconocidos como elementos básicos de la dignidad humana. Es decir, al conjunto de derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales, incluyendo las características de indivisibilidad, integralidad e interdependencia.
Si contas con tu suscripción, clickeá acá para seguir leyendo
Si aún no te suscribiste, ingresá aquí