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Errepar12/01/2023 6:24:16
Se aplican a los salarios devengados entre enero y junio de 2023
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 3/2023, establece las fechas de inscripción, de facturación y de nómina (F-931), los Cortes de actualización de C.B.U. y los cortes de bajas en nómina, para el “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), para los salarios devengados durante los meses comprendidos entre enero y junio de 2023.
Para acceder a las fechas hacer clic en el Anexo.
Recordamos que, según lo estableció la Resolución (MTESS) 420/2022 creadora del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), para acceder al beneficio, los postulantes deberán cumplir con las siguientes condiciones de acceso:
• Enfrentar una situación económica crítica conforme la evaluación de un conjunto de indicadores patrimoniales, financieros, económicos y de parámetros, los cuales serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO).
• Presentar un “Plan de recuperación económica, productiva y laboral” consistente, veraz y de efectivo cumplimiento.
• No haber efectuado una reducción de personal mayor al veinte por ciento (20%) en la comparación interanual al momento de solicitar la asistencia dineraria.
El Programa incluye criterios de preselección y selección para acceder al beneficio:
1) Criterios de preselección: Evaluación de un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales. Los indicadores, son los siguientes:
• Variación de la facturación.
• Variación del IVA compras.
• Endeudamiento (pasivo total/ patrimonio neto).
• Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).
• Variación porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.
• Variación porcentual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.
• Variación porcentual de las importaciones.
Los parámetros para cada indicador serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), como así también los periodos de referencia utilizados para cada indicador.
2) Criterios de selección: el sujeto empleador deberá contar con el “Plan de recuperación económica, productiva y laboral” aprobado el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
La inscripción al programa tiene una periodicidad mensual y el lapso de tiempo para su inscripción es determinado a través de Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Los empleadores que no hayan accedido al beneficio en un mes, podrán reinscribirse en los meses siguientes, con un máximo de 3 veces en el período del año calendario.