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Errepar22/03/2023
Se establecen los períodos mensuales que serán tomados en consideración para el cómputo del monto de ingresos brutos
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 218/2023, define los períodos mensuales que serán tomados en consideración para el cómputo del monto de ingresos brutos del empleador o empleadora que solicite, a partir de enero de 2023, ingresar al “Programa de recuperación económica, generación de empleo e inclusión social para las trabajadoras y los trabajadores de casas particulares”.
Períodos mensuales, según el ingreso de la solicitud al programa:
Además, se establece que los ingresos brutos exigidos al empleador que solicite la adhesión deberán originarse en uno o más de los siguientes supuestos:
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