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Erreius15/05/2023
Se eleva el número de integrantes, y se crea una Comisión para su designación y capacitación
Por medio de la Resolución 594/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispuso algunas modificaciones en el Registro Nacional de Conciliadores Laborales (RENACLO), creado por el artículo 5 de la ley 24635, con el fin de mejorar el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO).
Actualmente el RENACLO cuenta con 115 Conciliadores/as Laborales, número muy inferior a los establecidos por las distintas reglamentaciones que se fueron dictando –y luego fueron dejadas sin efecto-; sin poder designar reemplazos ni realizar los pasos previstos por el artículo 28 del Anexo I del decreto 1169/96.
Por tal motivo, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos vuelve a fijar el número de integrantes del RENACLO, llevándolo a 210 profesionales, para asegurar la calidad del procedimiento de conciliación, su celeridad y que los profesionales integrantes cuenten con una adecuada retribución por su labor, cuestiones que tienen una estrecha dependencia con el número histórico de casos que ingresan al SECLO.
En este sentido, se deja sin efecto la Resolución (MJDH) 56/2017, que había establecido la conformación del RENACLO en 205 integrantes.
Los miembros del RENACLO deberán cumplir los siguientes requisitos:
Por otra parte, la norma dispone la conformación de una nueva Comisión para la designación de dichos profesionales, a fin de asegurar la calidad y celeridad del procedimiento. Los integrantes de la Comisión desempeñarán sus tareas “ad honorem”.
La Comisión funcionará en la órbita de la Subsecretaría de Acceso a la Justicia y se conformará con sectores del ámbito jurídico laboral.
Serán sus atribuciones:
La Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos dictará cursos gratuitos de “Formación Básica en Conciliación Laboral”.
Una vez aprobado el diseño de “Capacitación Continua y Perfeccionamiento de Personas Conciliadores/as Laborales”, la Secretaría de Justicia habilitará el dictado de cursos por las entidades inscriptas en el Registro de Entidades Formadoras.