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Errepar02/02/2023
AGIP prorrogó hasta el 22 de febrero el régimen de regularización de deudas vencidas al 1° de agosto del año pasado
La AGIP, por medio de la resolución 32/2023, extiende nuevamente el plazo de vigencia del régimen de regularización de obligaciones tributarias vencidas al 1º de agosto de 2022, cuyo vencimiento ya había sido prorrogado hasta el 31 de enero.
Ahora, el nuevo plazo límite para adherirse al régimen se extiende hasta el día 22 de febrero.
Asimismo, se fija el día 27 de febrero como segundo vencimiento respecto de los acogimientos que hubieren sido efectuados hasta el día 31 de enero y el día 27 de marzo como segundo vencimiento respecto de los acogimientos que hubieren sido efectuados a partir del día 1° de febrero.
Por medio de la resolución 262/2022, la AGIP dispuso un régimen de regularización transitorio respecto de las obligaciones tributarias en mora, correspondientes al impuesto de sellos e impuesto sobre los ingresos brutos, cualquiera fuere la categoría del contribuyente y/o responsable, impuesto inmobiliario y tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros, patentes sobre vehículos en general; embarcaciones deportivas o de recreación, contribución por publicidad; gravámenes por uso, ocupación y trabajos en el espacio público (superficie, subsuelo y espacio aéreo).
Al respecto, se pueden regularizar mediante este régimen las siguientes obligaciones:
El monto nominal a regularizar, no podrá exceder, por cada gravamen (por cada bien o hecho generador de tributo, partida, dominio, número de inscripción, número de anuncio o identificación de gravámenes varios), la suma $ 320.550.