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Erreius30/09/2022
El gobierno porteño presentó una denuncia contra los padres de los alumnos que tomaron escuelas
En los últimos días se extendieron las tomas en varias escuelas públicas de la Ciudad, por parte alumnos que reclaman contra las prácticas laborales obligatorias no rentadas, y solicitan mejoras edilicias y en la calidad de las viandas.
Tal es el caso de la Escuela Normal Superior Lenguas Vivas Sofía Esther Broquen de Spangenberg, el colegio Mariano Acosta –cuya toma fue levantada en las últimas horas- y la Escuela Superior Especializada en Cerámica N° 1 de la Ciudad de Buenos Aires. Luego fue sumándose a la medida el alumnado de otras instituciones educativas, como del colegio Mariano Moreno.
Frente a esta situación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denunció penalmente a los padres de varios alumnos. Mediante un comunicado emitido por el Ministerio de Educación, se alega que “los adultos responsables de aquellos alumnos que participan de las tomas deberán responder por los daños que pudieran sufrir los estudiantes y los bienes escolares”. También se afirma que los padres “consintieron la participación de sus hijos en la toma”, autorizando e ingresando con sus hijos a las escuelas que se tomaron.
La Ministra de Educación porteña añadió que “hay menores de edad en un edificio público con adultos que desconocemos. Esto es responsabilidad de las familias que autorizan a sus hijos a estar ahí”; e hizo alusión a las denuncias efectuadas contra más de 40 madres y padres en el año 2018, cuando la Procuración General del Gobierno de la Ciudad los acusó de impedir u obstaculizar intencionalmente y sin causa justificada el ingreso o salida de lugares públicos o privados, en violación a lo establecido por el artículo 59 del Código Contravencional de la Ciudad (ley P-1472).
Por otra parte, la ministra expresó que además “se está preparando una demanda civil para transferirles el costo correspondiente al pago de los sueldos a docentes y no docentes por cada día sin clases debido a la toma de la escuela”.
Cabe destacar que en el año 2018 comenzó a regir en las escuelas públicas porteñas un “protocolo anti tomas”, que establece que en caso de que los alumnos ocupen un establecimiento educativo, los directores deben citar a los padres para que retiren a sus hijos. Si la familia está de acuerdo con la medida y no concurre a retirarlos, deberá hacerse cargo de los daños que pudieran producirse en el edificio público.
El artículo 1754 del Código Civil y Comercial dispone: "Hecho de los hijos. Los padres son solidariamente responsables por los daños causados por los hijos que se encuentran bajo su responsabilidad parental y que habitan con ellos, sin perjuicio de la responsabilidad personal y concurrente que pueda caber a los hijos".
En el caso de los hijos mayores de diez años, la responsabilidad es personal del menor, y puede ser llamado a responder por los daños que haya ocasionado a un tercero. De ser condenados el hijo y los padres, deberán serlo en forma concurrente y no solidaria.
Entonces, los padres responden por los daños causados por sus hijos menores si se reúnen los siguientes requisitos:
Por tratarse de una responsabilidad objetiva, los padres sólo podrán liberarse si prueban una causa ajena, esto es, el hecho del damnificado, de un tercero por quien no deban responder o el caso fortuito o la fuerza mayor. Es decir, no se liberan con la prueba de la falta de culpa, sino con la ruptura del nexo causal.