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Erreius08/05/2023
Todas las semanas nuestros especialistas te comentan los fallos más destacados del escenario local
La Dra. Marianela Manelli comenta este fallo de la Cámara de Apelación de Concepción del Uruguay y analiza la facultad disciplinaria del empleador ante inconductas del trabajador
En el marco de una demanda laboral iniciada a raíz del despido dispuesto por la empleadora como consecuencia de la falta de respeto del actor hacia su superior jerárquico, la Sala de Trabajo de la Cámara de Apelación de Concepción del Uruguay decidió revocar parcialmente la sentencia dictada en primera instancia que había hecho lugar a la demanda, y modificar el monto de la condena.
En la causa “Q, G. M. c/Sidesys SRL s/cobro de pesos”, el Tribunal señaló que el empleador debió acudir a otras medidas sancionatorias para castigar la inconducta del dependiente antes de optar por la más grave sanción, en estricta observancia al principio de la preservación del vínculo laboral, consagrado en el artículo 10 de la Ley de Contrato de Trabajo.
En cuanto a la configuración de la “falta de respeto” y su sanción disciplinaria, estableció las siguientes pautas: