Buenos Aires: nuevo procedimiento para que las cooperadoras escolares obtengan la CUIT

Errepar20/10/2022

Se establece el procedimiento para obtener la CUIT, constituir el Domicilio Fiscal Electrónico y modificar datos

La AFIP, mediante la Resolución General 5274/2022, establece para las asociaciones cooperadoras escolares con sede en establecimientos educacionales que actúen en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, un procedimiento simplificado de obtención de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y su vinculación con los trámites posteriores originados por las registraciones ante la Dirección de Cooperación Escolar de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1 de noviembre de 2022.

En tal sentido, se establecen requisitos, formalidades y condiciones que deberán observar a los fines de solicitar la inscripción y obtener la CUIT, constituir el Domicilio Fiscal Electrónico, designar al Administrador de Relaciones de la Clave Fiscal y realizar las modificaciones de los datos registrados.

 

Solicitud de inscripción 

 

A los efectos de solicitar y obtener la CUIT, constituir el Domicilio Fiscal Electrónico y designar al Administrador de Relaciones de la Clave Fiscal, la asociación cooperadora escolar deberá, en oportunidad de gestionar su reconocimiento y/o inscripción ante la Dirección de Cooperación Escolar de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, suministrar la información necesaria y presentar la documentación exigida por la Dirección General conforme a la normativa aplicable. 

 

 

Verificación 

 

La Dirección de Cooperación Escolar de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, una vez concluido satisfactoriamente el procedimiento de legitimación y registración de la documentación presentada por la asociación, remitirá la solicitud a la AFIP mediante el servicio “web” habilitado a tal efecto, acompañada de la documentación de respaldo pertinente para su verificación y, en caso de corresponder, asignación de la CUIT respectiva. 
La AFIP validará la CUIT, el CUIL o la Clave de Identificación (CDI) de todos los componentes de la asociación cooperadora escolar que posean registración de firma.
Además, la AFIP podrá bloquear la continuación del trámite de obtención de la identificación fiscal en el caso de que las mismas sean inexistentes, pertenezcan a personas fallecidas, registren quiebra, se encuentren inactivas por conformar la base de contribuyentes no confiables o por suplantación de identidad u oficio judicial, entre otras causales. 


Generación de la CUIT


 
Una vez cumplidas con todas las validaciones anteriores, la AFIP generará la CUIT de la asociación cooperadora escolar, habilitará el servicio informático “Domicilio Fiscal Electrónico” del contribuyente, y registrará la vinculación del Administrador de Relaciones. 
Además, la AFIP informará a la Dirección de Cooperación Escolar de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires la CUIT asignada, mediante el mismo servicio “web” utilizado para la remisión de la solicitud de la identificación, a efectos de su comunicación al solicitante junto con la finalización del trámite de inscripción. 

 

Modificación de datos 

 

Luego de asignada la CUIT, las modificaciones de los datos registrados -denominación, domicilio legal, autoridades y componentes de la asociación cooperadora escolar, entre otros- deben efectuarse ante la Dirección de Cooperación Escolar de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. 
La Dirección de Cooperación Escolar debe remitir digitalmente a la AFIP, la documentación registrada que acredite las modificaciones efectuadas.