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Errepar22/11/2022
Las fechas son 26 de mayo, 19 de junio y 13 de octubre del 2023
El Poder Ejecutivo, mediante el decreto 764/2022 fija esos días como feriados con fines turísticos conforme el artículo 7 de la ley 27.399
Esta ley determina que los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes al día lunes siguiente.
En ese mismo contexto, la ley permite que el Poder Ejecutivo fije anualmente 3 días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, los que deberán coincidir con los días lunes o viernes.
En todos los casos previstos en el decreto 764/2022 se dispone de 2 días no laborables inmediatos a un fin de semana.
En este sentido, el día 25 de mayo de 2023, de conmemoración de la Revolución de Mayo, cae jueves, por lo cual se fija como día con fines turísticos el viernes 26 de mayo.
En tanto que el día 20 junio, que se celebra el día de la Bandera en recuerdo al General Belgrano cae un día martes, por lo que se dispone el feriado con fines turísticos para el día lunes anterior.
Y finalmente, el 12 de octubre, día de respeto a la diversidad cultural, ocurre un día jueves, por lo que se determina como feriado con fines turísticos el viernes siguiente.