Certificado Único de Discapacidad: media sanción a la flexibilización de requisitos

Erreius10/11/2022

La iniciativa busca quitar la carga de tramitar el certificado en aquellos casos permanentes e irreversibles

La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto consensuado que flexibiliza la renovación del Certificado Único de Discapacidad (CUD), uno de los trámites definidos como de los más engorrosos, sobre todo para quienes lo necesitan de manera permanente.

El proyecto modifica la Ley 22.431 en lo que hace al CUD, puntualmente en una de sus frases que establece que “se expedirá con o sin fecha de vencimiento”. Se busca quitar la carga de tramitar el certificado en aquellos casos permanentes e irreversibles.

 

Los puntos del proyecto

 

De acuerdo a la iniciativa, votada por 227 votos afirmativos, el CUD “establecido en la Ley 22.431, o la que en un futuro la reemplace, sus modificatorias y complementarias, se expedirá con o sin fecha de vencimiento”.

El artículo segundo indica que “la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) será la encargada de la actualización del CUD conforme la concepción dinámica de la discapacidad dispuesta por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Dicha actualización deberá implementar la flexibilización de los requisitos para su otorgamiento”.

A su vez, la ANDIS tendrá que “definir las condiciones y lineamientos” para la implementación de la norma, “incluyendo el fortalecimiento de las juntas evaluadoras de las personas con discapacidad”, y teniendo en cuenta recomendaciones que realice el Consejo Federal de Discapacidad.

“La persona beneficiaria podrá solicitar la actualización del CUD en cualquier momento”, indica el proyecto.

El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley a los 90 días desde su promulgación, al tiempo que se invita a las provincias y la Ciudad de Buenos Aires a adecuar su legislación.

 

 

Qué es el Certificado Único de Discapacidad

 

El Certificado Único de Discapacidad permite a sus beneficiarios acceder a la atención, a los recursos tanto al área de salud como otros, un tratamiento integral sin importar su condición económica, social o cultural. Las coberturas llegan al 100% e implican acceso a la salud, a la asistencia social, a la educación, a la seguridad social y a la accesibilidad en los medios físicos con los que deben confrontar tanto en la vía pública como edificios.

El CUD es un instrumento público, personal e intransferible (como si se tratase del documento de identidad), y su validez abarca a todo el territorio nacional. También provee la posibilidad del acceso gratuito al transporte público nacional tanto para el beneficiario como para el acompañante y le permite, en caso de que tenga su propia movilidad, acceder al libre tránsito y estacionamiento, así como situaciones particulares de asignaciones.

Fuera de estas personas que tienen la discapacidad irreversible o permanente, existen otra cantidad de personas con discapacidades temporales que pueden mejorar con el transcurso del tiempo. Ellos van a tener que tramitar la renovación del certificado.

 

Fundamentos

 

Los impulsores de las iniciativas que lograron consenso coincidieron en remarcar que a los beneficiarios, por distintas circunstancias, se les vence el certificado o no se les otorga en tiempo y forma, lo que les provoca dificultades para recibir determinadas prestaciones.

En concreto, se busca flexibilizar los requisitos para el otorgamiento del certificado, algo que fue reclamado por distintas organizaciones, porque para obtenerlo “había que solicitar, certificados médicos, estudios de laboratorio, de imágenes, que en muchos casos eran repetitivos que ya habían sido diagnosticadas en otras ocasiones”

Además, se pretende dotar a la norma de una concepción dinámica de la discapacidad que la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad ha permitido como algo superador a un simple concepto de diagnóstico biológico, médico, físico para pasar a considerar todas las dinámicas del individuo desde el punto de vista de su funcionamiento social, de su capacidad de relación, de su capacidad de afrontar o no las actividades de las vidas diarios donde el diagnóstico es solamente un elemento más.

En el caso de la discapacidad, se supone que la persona tiene una alteración funcional, que puede ser transitoria o permanente, que es física o no, que puede ser prolongada, y que implica desventajas considerables.

En el 2018 el INDEC estableció que el 10% de la población eran personas con discapacidad, 4.800.000 personas, solo de esas 1.488.000 tienen certificado único. Es decir, que de la población que el informe marca como persona con discapacidad hay 3.311.000 personas que no tiene el CUD.

 

También te puede interesar esta nota: "Proponen eliminar la renovación del certificado de discapacidad en casos irreversibles" de la Dra. Sandra Soledad Fariña, abogada, especialista en Discapacidad

 

Te acercamos el texto del proyecto con media sanción