La Secretaría de Empleo modifica el programa de inserción laboral

Errepar11/10/2022

Se modifica el programa de inserción laboral para compatibilizarlo con el programa “Puente al empleo”

A través de la resolución 1400/2022, publicada en el Boletín Oficial del 11 de octubre, la Secretaría de Empleo de la Nación introduce modificaciones dentro del Programa de inserción laboral a los fines de compatibilizarlo con el programa “Puente al empleo”.

Al respecto, dispone que podrán adherir a la línea de promoción del empleo asalariado en el sector privado los empleadores privados registrados como tales ante la AFIP y en el “Portal Empleo” del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social” que contraten nuevos trabajadores que produzcan un incremento neto en la nómina de personal.

Al respecto, se considerará como base el número promedio de dependientes declarados durante el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021, ambas fechas inclusive.

Asimismo, no podrán acceder a esta línea de promoción quienes:

  • Estén incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales “REPSAL”;
  • Se enmarquen en el Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.

Tampoco podrán adherir los empleadores, con relación a los trabajadores que se contraten dentro de los 12 meses contados a partir del despido sin justa causa o por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor de otras/os trabajadoras/es en relación laboral con la/el misma/o empleadora/dor, respecto de los distractos que se produzcan a partir la publicación del programa “Puente al empleo”.

Los empleadores podrán incorporar trabajadores a la línea de promoción del empleo asalariado en el sector privado por un plazo mínimo de un mes y un plazo máximo de 12 meses.

En el caso de contratos a plazo a fijo, el plazo máximo de incorporación de trabajadores será de hasta 6 meses.

El programa de inserción laboral tiene por objeto promover la incorporación de los trabajadores en empleos de calidad y/o la mejora de sus condiciones de empleo, mediante la asignación de una ayuda económica mensual que podrá ser descontada de su salario por las empleadoras y los empleadores.

A su vez, el programa "Puente al empleo" dispone que los empleadores del sector privado que contraten nuevos trabajadores que participen en los programas sociales, educativos o de empleo, podrán obtener determinados beneficios, los cuales determinan que se deberá imputar la asignación dineraria de los programas sociales, educativos o de empleo a cuenta del pago de la remuneración y que las reducciones de las contribuciones patronales correspondientes a los subsistemas de la seguridad social será del cien por ciento.