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Errepar26/09/2022
Un análisis teniendo en cuenta la deducción especial modificada por la ley de alivio fiscal
Traigamos a la memoria que a partir del mes de agosto 2022 comienza el vencimiento de los anticipos del impuesto a las ganancias de las personas físicas y sucesiones indivisas a cuenta del período fiscal 2022, lo cuales se calculan a partir del resultado impositivo y deducciones generales del período fiscal 2021, pero teniendo en cuenta las deducciones personales aplicables a 2022 y la escala correspondiente a este último período.
En definitiva, el esquema de determinación de los anticipos lo podemos ver a continuación:
Ahora bien, tengamos en cuenta que la deducción especial fue modificada por la ley de alivio fiscal 2022 de esta manera:
Concepto | Antes | Después |
Deducción especial | 505.129,68 | 883.976,94 |
Deducción especial nuevos profesionales o emprendedores | 631.412,10 | 1.010.259,36 |
En consecuencia, en el cálculo de anticipos 2022 se tendrá que tener en cuenta esta incidencia más allá de que tal vez al día de hoy no está contemplado en cuentas tributarias que los determina.
El problema es que cuentas tributarias no estarían contemplando las modificaciones de la ley de alivio fiscal. Por lo tanto, lo correcto sería hacer el cálculo manual de los anticipos e ingresarlos mediante VEP, más allá que sean inferiores a los determinados en cuentas tributarias.