Síntesis Errepar al 27/7

Errepar28/07/2023

Te presentamos lo más importante de la semana para que siempre te enteres de las últimas noticias

Empleados de comercio

El Sindicato y las Cámaras del sector acordaron un incremento salarial del 22,5%, que se abonará en tres cuotas iguales de 7,5%, durante los meses de julio a septiembre.

Además, pautaron una recomposición del 4,5% a abonar en el mes de julio en concepto de recupero del trimestre anterior.


El último acuerdo del 14 de abril, homologado por la Resolución (ST) 647/2023, establecía un aumento del 19,5% en tres cuotas de 6,5% a partir de los meses de abril, mayo y junio.

Además, las partes en dicho acuerdo pactaron una suma fija no remunerativa por única vez equivalente a $25.000 que fue abonada en abril y mayo de este año.

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Impuesto a las ganancias

AFIP establece un pago a cuenta extraordinario del impuesto, que será de un 15% sobre el resultado impositivo del período fiscal anterior y deberán pagarlo las sociedades, asociaciones, fundaciones y fideicomisos.

Deberán ingresar el pago a cuenta los sujetos que hayan informado en el ejercicio anterior un resultado impositivo, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos, igual o superior a $ 600.000.000 y no hayan determinado impuesto.


Para determinar el pago a cuenta, los sujetos alcanzados deberán considerar la declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2022, en el caso de que el cierre de ejercicio hubiera operado entre los meses de agosto y diciembre de 2022, ambos inclusive.

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Personal de casas particulares

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares aprobó un aumento en los salarios del sector del 36%, para el trimestre julio - septiembre.

Se pagará de la siguiente manera:

  • 20% en los sueldos devengados en julio;

  • 8% en los sueldos devengados en agosto; y

  • 8% en los sueldos devengados en septiembre.


Asimismo, se informó que durante el mes de agosto habrá nuevas reuniones para analizar otros conceptos adicionales como las categorías de cobro, los viáticos, el presentismo y el pago especial en zonas desfavorables.

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Impuesto País

El Poder Ejecutivo dispone la ampliación del Impuesto país a la compra de divisas, para la importación de una serie de bienes y servicios.

Además, AFIP instrumentó un pago a cuenta de este tributo y estableció la forma en la que se aplicarán las percepciones a cuenta de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales respecto de las nuevas operaciones alcanzadas.

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Riesgos del trabajo

Se dispone que la suma fija a abonar por cada trabajador, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales, será de un valor de $ 278, para las obligaciones convencimiento a partir de agosto, correspondiente para los empleadores del Régimen General.

Asimismo, se establece que el valor de la suma fija para las obligaciones correspondientes al devengado del mes de julio es del mismo monto. 

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Metalúrgicos

La UOM firmó los incrementos salariales para el trimestre julio a septiembre de este año, determinando un aumento total del 42,5%.

Estas nuevas condiciones salariales tienen carácter acumulativo y se establecerán de la siguiente forma:

  • 20% en julio
  • 9% en agosto

  • 9% en septiembre

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Acreditación de supervivencia o fe de vida

ANSES dispone el procedimiento de pago de los beneficios de la Seguridad Social, sin las exigencias para acreditar supervivencia o fe de vida.

Esta medida favorece a cerca de cuatro millones de jubilados y pensionados en Argentina. Anteriormente, cerca de 3,2 millones de jubilados y pensionados estaban exentos de presentar la fe de vida debido a decisiones tomadas por los bancos donde perciben sus haberes.


Con la implementación de esta nueva ley, todos los 7,3 millones de beneficiarios del SIPA y Anses estarán en igualdad de condiciones, sin importar la entidad financiera en la que tengan sus cuentas.

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Mutuales

El INAES realiza una aclaración respecto a la naturaleza de los aportes y el régimen legal establecido para las cuotas sociales de las mutuales.

Módulo IGJ

Se dispone el valor del “módulo IGJ” en la suma de $ 515, para fijar el valor de los formularios utilizados ante el organismo, aplicable a partir del 7 de agosto.

Los formularios digitales abonados con anterioridad al 7 de agosto, deberán ser adecuados al nuevo valor de módulo.


Para ello, se deberán presentar, ante la Inspección, hasta el 31 de octubre, inclusive, los formularios abonados con sus comprobantes de pago, conjuntamente con el formulario emitido con posterioridad al 7 de Agosto de 2023; todo ello al sólo efecto de que sea re-imputado el importe abonado.

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Córdoba 

Se modifican las alícuotas especiales del impuesto sobre los ingresos brutos para los servicios efectivamente prestados, que se encuentran relacionados con el desarrollo de la actividad primaria en la provincia.

Capacitaciones

Te invitamos a la capacitación online “Ajuste por inflación impositivo”, la que tendrá lugar el viernes 11 de agosto, a las 15 hs., a cargo de Hernán D´Agostino.

Para conocer más detalles, contactate con la División Capacitación ingresando en errepar.com/capacitaciones o por Instagram @errepar.capacitacion.