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Errepar03/02/2023
Te presentamos lo más importante de la semana para que siempre te enteres de las últimas noticias
AFIP puso a disposición de la FACPCE las versiones preliminares de los aplicativos de ganancias y bienes personales del período fiscal 2022, a los fines de que estos sean testeados por los profesionales y se puedan realizar aportes, sugerir ajustes o reportar eventuales inconvenientes.
Se proporcionará durante esta etapa de prueba, las claves y links de forma privada para que los aplicativos sean testeados por un lapso de tres semanas.
Luego de este plazo, los profesionales podrán realizar aportes, sugerir ajustes o reportar eventuales inconvenientes que serán tenidos en cuenta por las áreas especializadas del organismo.
De esta manera y de acuerdo a los plazos estipulados, los aplicativos estarán disponibles en la página web de la AFIP el 1° de marzo, 90 días antes de los vencimientos que operan durante el mes de junio.
Se homologó el acuerdo de revisión salarial de enero de 2023, firmado por el Sindicato de Empleados de Comercio, el cual dispuso un aumento del 22,9%, a abonarse en dos tramos.
Previamente, el Sindicato de Comercio logró cerrar la revisión 2022 con las Cámaras del sector por un total de 101% de aumento anual, que llevará el salario básico a $ 182.700 a partir del mes de marzo.
En el acuerdo se establece que es condición suspensiva inicial para la validez y exigibilidad del acuerdo su previa homologación por parte del Ministerio de Trabajo.
Se establece que podrán solicitar el certificado de exclusión o de eximición en el régimen de retención del impuesto a las ganancias los sujetos alcanzados por el régimen de percepción, aplicable a las operaciones de exportación definitiva para consumo.
La AFIP pone a disposición el release 8 de la versión 44.0 del programa aplicativo SICOSS.
La titular de la ANSES señaló la importancia de sancionar la ley de moratoria previsional y afirmó que está prevista la posibilidad de establecer una prórroga de la moratoria por decreto.
Te presentamos nuestra “Calculadora de actualización de alquileres” una nueva herramienta que permitirá automatizar el cálculo del ajuste en los contratos de locación.
La ley 27.551 estableció que en los contratos locación “los ajustes deben efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE)”.
Se actualiza el listado de las jurisdicciones no cooperantes, aplicable a partir de los períodos fiscales iniciados desde el 27 de enero, inclusive.
El art. 19 de la Ley de Impuesto a las Ganancias -texto ordenado en 2019 y sus modificaciones- define a las "jurisdicciones no cooperantes" como aquellas que no tengan vigente con nuestro país un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria, o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula amplia de intercambio de información.
Esa norma considera como no cooperantes a aquellos países que teniendo vigente un acuerdo con los alcances definidos en el considerando anterior no cumplan efectivamente con el intercambio de información.
Conocé los detalles del listado en esta nota
Se aprueba el “Procedimiento ante la Comisión Médica Central en trámites regulados por la Ley 24.557, sus modificatorias y complementarias”.
El organismo modifica los módulos que cuantifican el valor de los formularios de presentación de trámites en IGJ, a los fines de su adecuación a la nueva categorización de asociaciones civiles, pudiendo re-imputar los formularios ya abonados hasta el 30 de abril.
Teniendo en cuenta esta situación, el organismo realiza una revisión de la modulación de todos los trámites en función de la complejidad del mismo y regula la validez de aquellos que ya fueron abonados y no han sido presentados aún.
AGIP prorrogó hasta el 22 de febrero el régimen de regularización de obligaciones tributarias vencidas al 1° de agosto del año pasado.
Asimismo, se fija el día 27 de febrero como segundo vencimiento respecto de los acogimientos que hubieren sido efectuados hasta el día 31 de enero y el día 27 de marzo como segundo vencimiento respecto de los acogimientos que hubieren sido efectuados a partir del día 1° de febrero.
¿En qué consiste el régimen transitorio de regularización de deudas? Lo podés averiguar acá
Te invitamos a la capacitación online “Régimen percepción de IVA para operaciones en portales virtuales RG 5319”, que consta de ocho videos y de una reunión final, la cual tendrá lugar el lunes 13 de febrero, a las 10 hs, a cargo de Hernán D´Agostino.
Para conocer más detalles, contactate con la División Capacitación ingresando en errepar.com/capacitaciones o por Instagram @errepar.capacitacion.