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Errepar17/02/2023
Te presentamos lo más importante de la semana para que siempre te enteres de las últimas noticias
Se crea el “Programa de Monitoreo Fiscal” mediante el cual se controlarán en tiempo real las declaraciones juradas que presenten los contribuyentes y responsables.
En la primera etapa el referido control será de aplicación sobre las declaraciones juradas de los impuestos al valor agregado y a las ganancias para personas jurídicas.
Enterate los principales aspectos aquí
Se implementa un régimen de percepción del IVA, aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza.
Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que realicen las operaciones de venta de:
La AFIP pone a disposición un nuevo Manual Formulario 1357 - Versión 6.0., de febrero/2023, que se deberá utilizar para generar las Declaraciones Juradas del Tipo Anual para el año fiscal 2022 y siguientes, Finales e Informativas para el año 2023 y siguientes, de aquellas presentaciones realizadas a partir del 14 de febrero de este año.
Su objetivo es brindar al agente de retención obligado a realizar las liquidaciones, una ayuda que le permita generar y presentar ante la AFIP las mismas.
Ingresá a la nota completa haciendo click acá
Se establece que el valor de la suma fija destinada al financiamiento del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales será de $ 193 para el devengado del mes de febrero.
El valor anterior de la suma fija, para las obligaciones correspondientes al devengado del mes de enero de 2023, con vencimiento a partir de febrero de 2023, era de $ 183 para los empleadores del Régimen General (Unidades Productivas), según lo estableció la Disposición (GCP) 1/2023.
La AFIP habilitó en el servicio SiRADIG - trabajador la posibilidad de cargar las deducciones correspondientes a los gastos educativos.
Recordamos que esta deducción es aplicable desde el año fiscal 2022, inclusive.
Para informar los gastos educativos, los pasos son los siguientes:
No te pierdas el análisis del Dr. Mario Rapisarda sobre las modificaciones que en el impuesto a las ganancias aplican desde el año 2022.
Se prorroga hasta el 31 de diciembre, inclusive, el plazo para la aplicación de alícuotas de contribuciones patronales para los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada.
Reviví la charla online que brindaron los Dres. Gustavo Segu y Mariela Dini, a través de nuestra cuenta de YouTube, en la cual analizaron los aspectos más destacados del nuevo incremento, el impacto sobre los adicionales, la base de cálculo, vacaciones y horas extras, entre otros.
El 23 de marzo comienza a ser exigible para determinados empleadores la obligación de habilitar salas maternales y guarderías en el establecimiento principal.
El artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) dispone que “en los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan”.
En la siguiente nota, el Dr. Daniel Pérez explica los puntos principales tratados por el Decreto 144/2022 y la Dra. Eugenia Khedayán analiza en el siguiente video la reglamentación del artículo 179 de la LCT con respecto a las salas maternales y guarderías en los establecimientos laborales.
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral ratifica la modificación al 21 de diciembre 2022 del vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de noviembre del período fiscal 2022 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral para los contribuyentes con terminación de número de CUIT 8 y 9.
El Gobierno anunció un refuerzo de hasta $ 15.000 por mes, para las jubilaciones y pensiones de hasta dos haberes mínimos, que se abonará en marzo, abril y mayo.
Además, anticipó que el primer aumento del año correspondiente a la Ley de Movilidad será de 17,04% a partir de marzo de 2023.
En la Cámara de Diputados se estaría alcanzando el quórum necesario para concretar antes de fin de mes una sesión para debatir y aprobar el proyecto de ley de moratoria previsional.
Este proyecto, que desde el 30 de junio pasado cuenta con media sanción del Senado, establece que las personas en edad jubilatoria pero sin los aportes exigidos podrán regularizar períodos faltantes hasta el mes de diciembre de 2008, inclusive, con una modalidad de pago en cuotas que serán descontadas de manera directa del haber jubilatorio que se obtenga a través del programa.
Conocé lo más imporante en esta nota
Ya contás con el buscador de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos 2023, el cual contiene toda la información que necesitás para la liquidación del impuesto en un solo lugar.
Es una herramienta intuitiva y con muchas funcionalidades y que además está integrada al calendario interactivo.