SAS: El 25 de abril vence el plazo para cumplir con la RG 13/2022

Errepar24/04/2023

Se debe verificar la sede social y acreditar la apertura de registros digitales y presentación de balances

Recordamos que, mañana 25 de abril, vence el plazo de 180 días otorgado por la resolución general 13/2022, que exige a todas las Sociedades por Acciones Simplificadas inscriptas en la IGJ acreditar:

  • la existencia y veracidad de su sede social,
  • la apertura de sus registros digitales y
  • la presentación de los estados contables por los ejercicios económicos finalizados durante los años 2020, 2021 y 2022, si correspondiere.

A tal fin se debe acompañar una nota con firma del representante legal certificada por Escribano Público, donde se declara los datos mencionados anteriormente y acompañar la constancia de verificación de la sede social que puede constar de un acta notarial, o un servicio a nombre de la SAS, o título de propiedad, contrato de alquiler, contrato de leasing o habilitación comercial.

En el caso de que el administrador haya denunciado domicilio en el mismo lugar, se deberá acompañar asimismo una constancia de servicio a su nombre.

La presentación se realiza de manera presencial en la sede de la Inspección General de Justicia o en las sedes ubicadas en los Colegio Profesionales con turno previamente obtenido en sitio web del organismo.

A modo de excepción, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires publicó una nota enviada por la Inspección General de Justicia, donde el organismo resuelve que, las presentaciones efectuadas  por los profesionales matriculados, en el marco de esta resolución 13/2022, que se realicen dentro del plazo que vence el próximo 25 de abril, no serán reportadas como incumplidas ante AFIP, si al menos uno de los tres requisitos que establece la norma fue efectuado.

De esta forma, el reporte a AFIP sobre la SAS en cuestión será llevado a cabo si no se diera cumplimiento del total de los requisitos recién dentro de los 180 días siguientes.

 

 

Para conocer más detalle sobre el procedimiento puede ingresar a “Las SAS y la verificación de su sede social: detalles para cumplir con IGJ”