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Errepar02/03/2023
Se reglamenta el procedimiento para llevar y rubricar el Libro Especial de Sueldos y Jornales a partir de marzo de 2023
Mediante la R. (MTESS Santa Fe) 3/2023, recientemente publicada en el Boletín Oficial el día 13 de enero 2023, se reglamenta el procedimiento al que estarán obligados los empleadores para llevar y rubricar el Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Santa Fe.
No debe confundirse esta obligación con el Libro de Sueldos Digital AFIP, procedimiento necesario e indispensable previo a la presentación de la declaración jurada de aportes y contribuciones a la seguridad social (F. 931 AFIP).
El 9 de noviembre de 2022, la AFIP y el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe, firmaron el Convenio de Colaboración e Intercambio de información para la utilización del sistema “Libro de Sueldo Digital” de AFIP, para implementar acciones y procesos relacionados con la promoción, registración, fiscalización y control, a fin de abordar las situaciones de falta o deficiente registración del trabajo en sus diversas formas. Mediante dicho sistema el empleador deberá confeccionar digitalmente y remitir en forma periódica el Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Santa Fe, establecido por el art. 52, LCT, y servirá de soporte para sustituir la obligación de rubricar dicha documentación ante la autoridad laboral.
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