REPRO II enero 2022: plazo de inscripción y criterios de preselección

Errepar11/01/2023 16:59:12

El Ministerio de Trabajo ha dictado dos resoluciones referentes al programa REPRO II para el periodo enero 2022

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación ha dictado dos resoluciones referentes al programa REPRO II. La primera de ellas, establece el plazo de inscripción para los salarios correspondiente a enero de 2022 y definen los criterios de preselección  para el acceso al beneficio durante el mencionado periodo, tanto para el REPRO II como para
el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” y  el “Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas Afectadas”.

La segunda de las normas, establece modificaciones a la nómina de actividades alcanzadas por el programa REPRO II.

PLAZO DE INSCRIPCIONES Y CRITERIOS DE PRESELECCIÓN

De acuerdo a lo establecido por la resolución (MTESS) 49/2022, el plazo de inscripción para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de enero, tanto para el Programa “REPRO II”, el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” y  el “Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas Afectadas”, será el comprendido entre el 24 y 30 de enero de 2022 inclusive.

En cuanto a los criterios de preselección para acceder a los mencionados programas, se determinan los siguientes:

REPRO II:

  • Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: diciembre de 2019 y diciembre de 2021.
  • Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
  • Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: noviembre de 2021.
  • Corte de actualización de bajas de nómina: 21 de enero inclusive.
  • Corte de actualización CBU: 21 de enero inclusive.

Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos:

  • Presentar una reducción de la facturación superior al 30% en términos reales, para el periodo comprendido entre diciembre de 2019 y diciembre 2021.
  • Periodo de referencia de pagos a acreditar:
    • Autónomos: de 05/2021 hasta 11/2021
    • Monotributo: de 6/2021 hasta 12/2021
  • Corte de pago Monotributistas: pagos hasta el 21 de enero inclusive.

Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas Afectadas:

  • Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): diciembre de 2019 y diciembre de 2021.
  • Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
  • Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: noviembre 2021.
  • Corte para la actualización en el Sistema Simplificación Registral (AFIP) del domicilio del sujeto empleador (domicilio de explotación) en el que la trabajadora o el trabajador desarrolla la actividad laboral: al 30 de enero inclusive.
  • Corte de actualización CBU: 21 de enero inclusive.

 

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ACTIVIDADES ALCANZADAS POR EL PROGRAMA REPRO II

De acuerdo a los considerando de la resolución (MTESS) 44/2022 se establece que “teniendo en cuenta la evolución de la actividad económica y de los indicadores de la situación sanitaria en el marco de la pandemia del COVID-19, resulta pertinente realizar modificaciones y adaptaciones al Programa REPRO II, considerando especialmente las particularidades de los diversos sectores que integran la economía nacional“.

En ese sentido, la cartera laboral entiende que “resulta necesario modificar la nómina de actividades alcanzadas por el Programa REPRO II” y como consecuencia se sustituye el Anexo del art. 2 de la resolución (MTESS) 938/2020: