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Errepar11/01/2023 16:59:12
El Ministerio de Trabajo ha dictado dos resoluciones referentes al programa REPRO II para el periodo enero 2022
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación ha dictado dos resoluciones referentes al programa REPRO II. La primera de ellas, establece el plazo de inscripción para los salarios correspondiente a enero de 2022 y definen los criterios de preselección para el acceso al beneficio durante el mencionado periodo, tanto para el REPRO II como para
el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” y el “Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas Afectadas”.
La segunda de las normas, establece modificaciones a la nómina de actividades alcanzadas por el programa REPRO II.
De acuerdo a lo establecido por la resolución (MTESS) 49/2022, el plazo de inscripción para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de enero, tanto para el Programa “REPRO II”, el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” y el “Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas Afectadas”, será el comprendido entre el 24 y 30 de enero de 2022 inclusive.
En cuanto a los criterios de preselección para acceder a los mencionados programas, se determinan los siguientes:
De acuerdo a los considerando de la resolución (MTESS) 44/2022 se establece que “teniendo en cuenta la evolución de la actividad económica y de los indicadores de la situación sanitaria en el marco de la pandemia del COVID-19, resulta pertinente realizar modificaciones y adaptaciones al Programa REPRO II, considerando especialmente las particularidades de los diversos sectores que integran la economía nacional“.
En ese sentido, la cartera laboral entiende que “resulta necesario modificar la nómina de actividades alcanzadas por el Programa REPRO II” y como consecuencia se sustituye el Anexo del art. 2 de la resolución (MTESS) 938/2020: