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Errepar29/12/2022
Se podrán notificar en el domicilio electrónico del empleador las resoluciones sobre infracciones a la ley 25191
La Resolución Conjunta Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y RENATRE N° 379/2005 y 369/2005, aprobó las normas de procedimiento para la comprobación y juzgamiento de las infracciones a la ley 25.191 -que creó el RENATRE y el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo y declaró obligatorio el uso de la Libreta del Trabajador Rural-, quedando el RENATRE facultado para dictar las normas complementarias para la aplicación de dicha normativa.
Recordamos además, que en el Anexo I de la Resolución RENATRE 64/2018 se establece que los datos suministrados por los empleadores al momento de aceptar el contrato de adhesión en el Portal RENATRE, revisten carácter de declaración jurada, debiendo constituir domicilio electrónico donde serán válidas y eficaces todas aquellas comunicaciones y notificaciones que emanen del Registro.
Por ello, teniendo en cuenta la necesidad de adaptar el procedimiento administrativo a los cambios estructurales desarrollados por los avances tecnológicos y las mejoras introducidas en la actualización de los medios para efectuar la presentación de descargos e impugnaciones, es que se dicta la reciente Resolución (RENATRE) 7092/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial.
En tal sentido, mediante la Resolución (RENATRE) 7092/2022 se establece que: