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Errepar01/03/2023
Juan Carlos Serra analiza el reintegro a los consumidores finales por las compras en carnicerías inscriptas en el registro especial
En el presente trabajo se analizará la resolución general (AFIP) 5330, mediante la cual se establece un régimen de reintegro del 10% a los consumidores finales por compras en carnicerías que se encuentren inscriptas en un registro creado al efecto y, a su vez, los que se consideran como beneficios fiscales para aquellas carnicerías que se inscriban.
El artículo 77 de la ley 27467 y sus modificaciones, incorporado a la ley 11672, norma complementaria permanente de presupuesto, establece:
Facúltase a la AFIP a establecer un régimen de reintegros para personas humanas que revistan la condición de consumidores finales, destinado a estimular comportamientos vinculados con la formalización de la economía y el cumplimiento tributario.
El Ministerio de Hacienda determinará el presupuesto asignado para los reintegros correspondientes.
Vemos que se le otorga a la Administración amplias facultades para establecer regímenes de reintegro destinados a personas humanas que tengan el carácter de consumidores finales que se vinculen con la formalización de la economía y el cumplimiento tributario.
Como se analizará, si bien en forma indirecta, se busca el cumplimiento tributario.
Teniendo en cuenta la disposición analizada, la Administración establece un régimen de reintegro dirigido hacia los consumidores finales que compran en carnicerías inscriptas en el registro que la propia norma implementa. Veamos de qué se trata.
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