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Errepar27/09/2023
Se incorpora un código específico para los profesionales liberales, con un monto no sujeto a retención de 160.000 pesos y escalas progresivas
Por medio de la resolución general 5423, publicada en el Boletín Oficial del 27 de septiembre, la AFIP incorpora en la resolución general 830 un nuevo código específico sujeto a retención del impuesto a las ganancias.
Al respecto, se incorpora el código 119 el que comprende a los profesionales liberales y oficios. Recordamos que dicho sujetos estaban incluidos anteriormente en el código 116, el cual ahora solo incluirá a los albaceas, a los mandatarios y a los gestores de negocios.
Este nuevo régimen de retención para los profesionales liberales tendrá un monto no sujeto a retención de $ 160.000 y la alícuota será progresiva de acuerdo a una escala específica.
La escala a aplicar será la siguiente:
Las disposiciones de esta resolución general resultan de aplicación para los pagos realizados a partir del 1° de octubre de 2023.
A los efectos de la retención correspondiente a los pagos efectuados bajo el código 119, podrá utilizarse hasta el 31 de diciembre el código de régimen 116, considerando los montos no sujetos a retención y la escala y alícuotas aplicables al código de régimen 119.