Régimen de información "movimiento de granos"

Errepar22/08/2023

Ariel Campana comenta las modificaciones a las tablas de códigos utilizadas para la elaboración de la información que deben presentar los operadores que intervienen en el comercio de granos

I - INTRODUCCIÓN

Por medio de la disposición (DNCCA) 1511/2023, publicada en el Boletín Oficial del 11/7/2023, se sustituye el Anexo II de la disposición (ex-ONCCA) 1044/04 con el fin de readecuar las tablas de códigos utilizadas para la elaboración de la información que periódicamente deben presentar determinados operadores del mercado de granos.

Recordemos que por medio de la resolución conjunta (SAGPyA-AFIP) 456 y 1593/2003 se instauraron obligaciones de suministro de información a operadores que intervienen en el comercio de granos, la prestación de servicios y la industrialización de estos, cuyas particularidades se fijaron por medio de la disposición (ex-ONCCA) 1044/04.

II - REGÍMENES DE INFORMACIÓN VIGENTES

Los regímenes de información a los que nos referimos tienen su origen en momentos en que las operaciones del comercio de granos se documentaban en formularios en papel, que se adquirían previa autorización de la AFIP.

El reemplazo de este tipo de formularios por documentos electrónicos en todas las etapas de la cadena comercial -traslado, depósito, compraventa- permitió suprimir algunas de estas obligaciones, tal como ocurrió con la información de los formularios C1116A, C1116RT, C1116B y C1116C emitidos, así como los formularios adquiridos que hubieran sido anulados; las cartas de porte emitidas, recibidas y anuladas; el Libro de Movimientos y Existencias de Granos impreso en hojas móviles y la presentación del formulario C14 -ingresos, egresos y stock de granos de plantas-.

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