Monotributo: Primera recategorización semestral 2023

Errepar17/07/2023

Richard Amaro Gómez analiza los honorarios regulados judicialmente de la recategorización de monotributo 2023

Traigamos a la memoria que la RG (AFIP) N° 1415/2003 establece en el Anexo I punto “a” en cuanto a las excepciones a la obligación de emisión de comprobantes que no deberán hacerlo, entre otros: 


“j) Quienes por el desarrollo de sus actividades perciban -por vía judicial (abogados, peritos, etc.)-, honorarios y otras retribuciones, únicamente con relación al importe de tales honorarios o retribuciones”.

Por lo tanto, el profesional monotributista que haya intervenido en un proceso judicial y respecto al cual por sentencia se le reguló honorarios, está exceptuado de emitir comprobantes por estas prestaciones. 

 


No obstante y más allá de la excepción expuesta, los ingresos devengados por los servicios prestados deben formar parte del concepto de ingreso bruto que se considera para la recategorización, siendo suficiente documentación la sentencia judicial de regulación de los honorarios. 
Aparte que téngase presente que estos importes no estarán informados por AFIP a título informativo, por lo cual, hay que sumarlos de manera manual. 

 

Si querés ver otros casos de recategorización semestral 2023: