Qué pasó con el proyecto para regular las apps de delivery

Erreius20/04/2023

La iniciativa ya fue aprobada en el Senado con tratamiento sobre tablas. En Diputados se pospuso la discusión

El oficialismo bonaerense en la Cámara de Diputados pospuso el tratamiento de un proyecto que busca “regular la actividad de diligencias, transporte, entregas y/o retiro de sustancias alimenticias, elementos varios, correctamente embalados y sellados, hacia terceros realizadas en moto vehículo y/o bicicleta rodada, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires a través de aplicaciones”.

La iniciativa ya fue aprobada en el Senado con tratamiento sobre tablas en octubre del año pasado por unanimidad, por lo que iba a transformarse en ley.

El texto es impulsado por el senador del Frente de Todos, Omar Plaini, para darle un marco normativo a quiénes prestan servicios para las empresas Rappi, Pedidos Ya y otras apps de delivery.

 

La discusión en Diputados

 

Durante el plenario de comisiones de Trabajo, Asuntos Constitucionales y Justicia, Presupuesto y Legislación General en la Cámara de Diputados, la oposición pidió escuchar a los sectores afectados para luego continuar con el tratamiento de la iniciativa.

En este contexto, trabajadores, sindicatos del sector y salieron a manifestar su rechazo al proyecto de ley porque consideran que, si se aprueba el proyecto, un nutrido universo de trabajadores quede en la calle, en tiempos de crisis económica.

“Este registro avanza en una lógica interesante; en algún nivel de registración para los trabajadores que están absolutamente a la intemperie, más allá de lo salarial”, sostuvo el diputado oficialista Matías Molle durante el plenario.

La diputada oficialista, miembro del Frente de Grande, Susana González se encargó de aclarar que el proyecto para regular las app de delivery a partir de la creación de un registro provincial único y obligatorio, “no regula la relación laboral porque no tenemos esa potestad”.

En la provincia de Buenos Aires se estima que hay unos 25 mil trabajadores de delivery de aplicaciones y ese número asciende al doble en todo el país. Según el gremio, solo un 10 por ciento de ellos está registrado, buena parte está bajo el régimen de monotributo y muchos otros sin ningún tipo de registro.

 

Puntos destacados del proyecto

 

La iniciativa crea en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, un Registro Provincial, Único y Obligatorio para trabajadores y trabajadoras de Plataformas en Aplicaciones (APP).

Deberán registrarse las actividades que comprendan a todas aquellas diligencias, transporte, entregas y/o retiro de sustancias alimenticias o elementos varios, correctamente embalados y sellados, hacia terceros realizadas en automóvil, motovehículo y/o bicicleta rodada, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

Dicho registro, aclara la iniciativa, se crea, conforme la información mencionada, “a solo efecto y fines de llevar la registración de dichos trabajadores” y funcionará en el ámbito del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

Registro de trabajadores de apps: quiénes quedan alcanzados

 

Según el texto impulsado por el oficialismo bonaerense, “quedarán alcanzados y registrados, las personas humanas trabajadoras que ejecutan personalmente estas actividades a tiempo y jornada total o parcial, ya sea por cuenta propia o ajena, o bajo cualquier otra forma que haga presumir la existencia de una relación laboral dependiente”.

En el Registro, las personas jurídicas, empleadoras, prestadoras titulares y/o plataformas intermediaras (APP), tendrán la obligación de inscribir a sus trabajadoras y trabajadores, así como los vehículos utilizados a tal fin.

El Registro otorgará un “certificado habilitante” para el trabajador y su vehículo, que será intransferible.

Además, el Poder Ejecutivo “deberá”, mediante la autoridad de aplicación, fijar condiciones y requisitos de inscripción; determinar plazos de inscripción; exigir a las personas jurídicas, empleadores, prestadores titulares y/o plataformas intermediarias (app) denuncien horario de conexión y desconexión de los trabajadores, así como también la aseguradora de riesgo de trabajo.

La inscripción deberá renovarse una vez al año, mediante acreditación por parte de las personas jurídicas, empleadoras, prestadoras titulares y/o plataformas intermediarias que organizan el cumplimiento de los requisitos establecidos.

El certificado de habilitación es personal e intransferible para cada trabajador/a. En caso de producirse la baja de la inscripción de las personas jurídicas, empleadoras, prestadoras titulares y/o plataformas intermediarias (APP) deberán notificar dicha circunstancia fehacientemente a la trabajadora y trabajador, y a la autoridad de aplicación.

Las disposiciones comenzarán a regir a los 90 días de su publicación en el Boletín Oficial.