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Erreius01/11/2022
La iniciativa fue aprobada por unanimidad y deberá ser tratada en Diputados
El pasado jueves 27 de octubre la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires aprobó el proyecto que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para quienes conducen cualquier vehículo automotor.
Luego del debate en comisión, se consensuó un dictamen que unificaba 3 iniciativas que habían sido presentadas por el oficialismo, la oposición y el Poder Ejecutivo provincial.
El texto aprobado busca modificar la Ley 13927 del Código de Tránsito estableciendo en concreto la siguiente prohibición:
“queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor, con impedimentos físicos o psíquicos sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero miligramos de alcohol”.
También se establecen penalidades tales como el arresto, la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir.
El proyecto incorpora la creación de un Fondo para el Financiamiento de Prevención, Capacitación y Control para asistir a los municipios con los recursos necesarios para implementar la nueva medida.
Para convertirse en ley, el proyecto también deberá aprobarse en la Cámara de Diputados.
¿Qué sucede en otras jurisdicciones?
Vale recordar que otras provincias ya cuentan con tolerancia cero al alcohol, como Tucumán, Salta, Jujuy, Córdoba, Entre Ríos, Río Negro, y Santa Cruz.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires si bien aún no existe la tolerancia cero, en diciembre de 2021 se sancionó la Ley 6486 que establece un "sistema gradual con inhabilitación” de acuerdo al nivel de alcohol detectado.
A modo de ejemplo, la sanción mínima se establece para quienes conducen con un nivel superior a 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre, pero inferior a un gramo. En este caso, se aplica una multa de 150.000 unidades fijas y 60 a 120 días de inhabilitación para conducir, ambas sanciones aplicadas en forma conjunta.
A nivel nacional, aún sigue rigiendo el límite general de 500 miligramos (0,5) de alcohol por litro de sangre. En el caso de motocicletas o ciclomotores, se permite hasta 200 miligramos (0,2). El único caso en el cual existe tolerancia cero es para transporte de pasajeros, de menores y de carga.
De todos modos, la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados de la Nación ya inició el debate en comisión sobre las iniciativas presentadas para establecer la tolerancia cero en la Ley Nacional de Tránsito 24449.