Programa Empleo Joven CABA: nuevos montos de la ayuda económica

Errepar03/02/2023

Se determinan los montos de la asistencia económica a partir de febrero 

La Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio, mediante la Resolución 110/2023, determina los montos en concepto de asistencia económica que percibirán a partir del 1 de febrero los trabajadores que se encuentren adheridos al Programa Empleo Joven de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

En qué consiste el Programa Empleo Joven de la CABA

 

El Gobierno porteño creó el Plan Empleo Joven con el objetivo de que 10.000 habitantes de la Ciudad de Buenos Aires de entre 18 y 24 años se inserten en el mundo laboral para el 2023. La iniciativa consiste en incentivar la contratación de este grupo que enfrenta las mayores dificultades para acceder a un trabajo.

El beneficio contenido en el Programa consiste en el otorgamiento de una asistencia económica mensual, dirigida a solventar por el plazo de 12 meses, de forma exclusiva y de modo parcial, el pago de las remuneraciones de los trabajadores que inicien una relación de trabajo, bajo un contrato de trabajo por tiempo indeterminado (jornada completa o parcial) o un contrato de trabajo por temporada.

En tanto, el empleador debe abonar la diferencia hasta completar el monto del salario de los trabajadores.

La asistencia económica se hace efectiva a través de una transferencia dineraria directa a la cuenta personal a nombre del trabajador abierta en el Banco Ciudad de Buenos Aires. 

 

Requisitos de inscripción para los jóvenes


Con el fin de poder ser elegidos como beneficiarios del Plan, los jóvenes deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener entre 18 y 24 años.
  • Acreditar residencia en el territorio porteño.
  • Encontrarse desempleados o con un empleo informal previo a ser incluidos en la solicitud de adhesión al Plan.

 

Por el contrario, no podrán aplicar aquellos jóvenes:

  • Que hayan tenido una relación formal previa en los últimos seis meses con el mismo empleador que presenta la solicitud de adhesión al Plan.
  • Cuya remuneración bruta mensual supere en 4 veces el salario mínimo, vital y móvil vigente.

 

Requisitos para los empleadores


La solicitud de adhesión al Programa debe ser solicitada por los empleadores a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener domicilio legal, fiscal o de explotación en el ámbito de la Ciudad.
  • No haber efectuado despidos sin causa de su nómina de trabajadores en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de adhesión al Plan, en una cantidad que supere el quince por ciento de su nómina.
  • No registrar incumplimientos a las obligaciones correspondientes a los aportes y contribuciones del Sistema Único de la Seguridad Social respecto del personal a su cargo, al mes inmediato anterior a la presentación de solicitud de adhesión al Plan.
  • A fin de acreditar el inicio de la relación de trabajo deberá acompañar el alta temprana de la AFIP del trabajador/a incorporado.

 

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Obligaciones del empleador


Al contratar un joven de 18 a 24 años, tendrá un plazo de 20 días corridos contados desde la fecha de inicio de la relación laboral para adherirlo al Plan y percibir el beneficio.


Una vez aprobada la solicitud, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Abonar al trabajador la diferencia entre el monto que brinda la Ciudad y la remuneración convenida entre las partes. En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo, vital y móvil o a la normativa laboral establecida para el puesto de trabajo correspondiente según el convenio colectivo vigente, de acuerdo a la actividad de la que se trate.
  • Realizar los aportes y contribuciones a la seguridad social, sobre el 100% del salario.
  • Cumplir con la normativa laboral vigente (alta temprana/ART, entre otras).
  • Manifestar mensualmente a partir del mes siguiente de la aprobación de la inclusión del trabajador al Plan, en carácter de declaración jurada, su continuidad y/o baja.

 

Montos de la asistencia económica desde febrero 2023

 

Los montos en concepto de asistencia económica que percibirán a partir del 1 de febrero, los trabajadores que se encuentren adheridos al Programa Empleo Joven de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran publicados en el Anexo de la norma.