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Errepar23/12/2022
Hoy el Fisco no puede ejecutar su deuda hasta tanto resuelva el TFN
Se presentó un proyecto en el Senado para que el Tribunal Fiscal Nacional pueda cerrar y cobrar todas las causas en trámite que tiene a su cargo.
La iniciativa propone modificar el carácter “suspensivo” de las actuaciones actuales, por el “devolutivo” para adelantar la recaudación de tributos y multas.
El texto pretende modificar, en materia impositiva, el artículo 164 de la Ley 11.683 por el siguiente: “El Tribunal Fiscal de la Nación tendrá la facultad de declarar de oficio o a solicitud de la parte demandada, sin otro trámite, la caducidad de instancia cuando no se instare el curso del proceso dentro del término de 90 días. La caducidad operada acuerda fuerza de cosa juzgada a la resolución recurrida”.
Asimismo, busca sustituir el artículo 1.143 del Código Aduanero por el siguiente: “El Tribunal Fiscal de la Nación tendrá la facultad de declarar de oficio o a solicitud de la parte demandada, sin otro trámite, la caducidad de instancia cuando se instare el curso del proceso dentro del término de 90 días. La caducidad operada acuerda fuerza de cosa juzgada a la resolución recurrida”.
“Para las actuaciones que se encuentren en trámite ante el Tribunal Fiscal de la Nación suspéndase la caducidad de instancia mencionada precedentemente por el término de 90 días contados desde la fecha de entrada en vigencia de la presente ley”, agrega.
Según el autor del proyecto, la iniciativa le permitirá al TFN recaudar más de 5 mil millones de dólares que están inmovilizados en procesos administrativos interminables.