¡No se han encontrado coincidencias!
¡No se han encontrado coincidencias!
Esta funcionalidad no se encuentra disponible para su nivel de usuario. Suscribase para obtener mayores beneficios.
Imprimir
Compartir
En Linkedin
En Facebook
En Twitter
En Telegram
Por email
Por Whatsapp
Obtener link
Errepar14/07/2023
Richard Amaro Gómez nos comenta las sanciones que resultan por falta de recategorización
Al respecto, la ley de monotributo en su capítulo XI trata de las “normas de procedimiento aplicables – medidas precautorias y sanciones” disponiendo:
Tópico |
Descripción |
Art. 26 Ley de monotributo |
Inciso “b” Serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y de la cotización previsional consignada en el inciso “a” del art. 39 que les hubiera correspondido abonar, los pequeños contribuyentes que, como consecuencia de la falta de presentación de la declaración jurada de recategorización, omitieren el pago del tributo que les hubiere correspondido. Igual sanción corresponderá cuando las declaraciones juradas (categorizadoras o recategorizadoras) presentadas resultaren inexactas. |
Inciso “c” El Organismo fiscal procederá a recategorizar de oficio, liquidando la deuda resultante y aplicando la sanción dispuesta en el inciso anterior, cuando los pequeños contribuyentes no hubieran cumplido con la obligación de la recategorización realizada o la misma fuera inexacta. La recategorización, determinación y sanción podrán ser recurridas por los pequeños contribuyentes mediante la interposición del recurso de apelación previsto en el art. 74 del Decreto N° 1397/ 1979. En el caso que el pequeño contribuyente acepte la recategorización de oficio efectuada, dentro del plazo de 15 días de su notificación, la sanción aplicada quedará reducida de pleno derecho a la mitad. Si el pequeño contribuyente se recategorizara antes que la AFIP procediera a notificar la deuda determinada, quedará eximido de la sanción. |
También te puede interesar:
"Monotributo: Primera recategorización semestral 2023"
"Monotributo: Primera recategorización semestral 2023. Segunda parte"
"Monotributo: Primera recategorización semestral 2023. Tercera parte"
"Monotributo: Primera recategorización semestral 2023. Cuarta parte"
"Monotributo: Primera recategorización semestral 2023. Quinta parte"