Buenos Aires: presentaciones electrónicas durante la feria de enero

Erreius26/12/2022

La SCJBA estableció un sistema que permite postergar el dictado de resoluciones respecto de presentaciones no urgentes

Por medio de la resolución 3037/22, la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires estableció un plazo de postergación para el dictado de resoluciones durante el próximo mes de enero, teniendo en cuenta el volumen de presentaciones electrónicas que ingresan durante la feria judicial. Para ello valoró la experiencia previa del sistema que se implementó durante el pasado receso invernal, mediante resolución 1634/2022.

De esta forma, el término a partir del cual se computarán los plazos para el proveimiento o dictado de resoluciones vinculadas con presentaciones recibidas durante la feria judicial de verano, estará determinado por el volumen de presentaciones y su relación porcentual con la carga de trabajo mensual.

 

Cómputo del plazo

Cuando el número de presentaciones por medios electrónicos no urgentes recibidas durante la próxima feria judicial del mes de enero supere las 120.000, operará de manera automática el diferimiento para el cómputo del plazo establecido para el proveimiento o dictado de resoluciones en 1 día. Y por cada 120.000 adicionales, se agregará 1 día de prórroga hasta un máximo de 3 días de diferimiento.

El cómputo del plazo para el proveimiento comenzará a correr a partir del día hábil siguiente a la finalización del período de diferimiento establecido.

 

Pautas a tener en cuenta

  • El plazo de postergación se calculará sobre la base del total de presentaciones no urgentes realizadas ante todos los órganos pertenecientes a la Administración de Justicia.
  • Será publicado en la página web de la Suprema Corte de Justicia.
  • Los abogados deberán indicar en el portal de Presentaciones y Notificaciones electrónicas si la presentación realizada durante la feria ha sido efectuada con solicitud de habilitación de la misma para su urgente tratamiento. El sistema generará un aviso automático que informará la condición bajo la cual fue efectuada la presentación.
  • Las presentaciones que se identifiquen con solicitud de habilitación de feria serán visualizadas de manera destacada en el módulo que disponen los organismos para descargarlas.
  • Los órganos judiciales solo tendrán el deber de proveer durante la feria las presentaciones recibidas bajo dicha condición.

 

 

Accedé a la resolución SCJBA