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Errepar27/12/2022
Se deroga la RG (AFIP) 4838 y se sustituye por el régimen de información complementario de operaciones internacionales “RICOI”
La AFIP, por medio de la resolución general 5306, que se encuentra pendiente de publicación en el Boletín Oficial, deroga el Régimen de información de planificaciones fiscales dispuesto por la RG (AFIP) 4838.
La derogación de la norma se confirmó en un encuentro entre la AFIP y la Federación Argentina de Concejos Profesionales de Ciencias Económicas.
La derogación del régimen de información de planificaciones fiscales se da luego de que la AFIP hubiera suspendido el mismo, por el plazo de 120 días, a raíz de los diversos fallos judiciales que habían admitido la pretensión cautelar formulada por la mayoría de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país.
En reemplazo de este régimen, el Organismos fiscal implementa un nuevo régimen de información complementario de operaciones internacionales “RICOI”.
Estarán obligados por este nuevo régimen los sujetos comprendidos en los incisos a), b), c) y d) del primer párrafo del artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, respecto de las personas jurídicas, por las siguientes operaciones o transacciones:
Asimismo, quedarán exceptuados de la obligación de informar aquellos sujetos que cuenten con la caracterización de Micro, Pequeña o Mediana Empresa -Tramo I y II- en todas sus categorías
El sujeto obligado deberá suministrar la siguiente información por cada operación internacional sujeta a reporte: