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Errepar20/01/2023
Emiliana Prado aporta tips para el asesoramiento por parte de los jóvenes profesionales
La Dra. Emiliana Prado aporta algunos tips sobre el asesoramiento a un “primer cliente”, tanto para jóvenes profesionales como a graduados recientemente iniciados en el ejercicio de la profesión.
Como profesionales independientes, asesorar a un “primer cliente” implica un desafío, tanto si eres joven profesional iniciándote en la profesión, o bien si eres un graduado de más antigüedad en la carrera pero que te estás iniciando en el ejercicio de la profesión independiente o liberal.
Lo primero que se sugiere es que realices una “entrevista inicial con ese cliente o potencial cliente”. La misma es necesaria e importante para que, como profesionales, realicemos un “diagnóstico de la situación”.
Es decir, tenemos que escuchar la situación o problemática que nos plantea nuestro interlocutor y luego realizar preguntas que nos permitan conocer en qué situación se encuentra el sujeto, para así poder inferir y determinar cuál es la situación en la que le corresponde estar.
Además, es clave identificar si es un sujeto que ya viene desarrollando actividad o si está por comenzar a desarrollar alguna que motiva la consulta de nuestros servicios.
Es decir, que tenemos que conocer:
Con toda la información inicial que “recopilemos” de dicho cliente, armaremos un “legajo de cliente”, el cual, además de permitirnos reunir allí la información que analizaremos, es un requisito como profesionales contadores públicos en base a las normas de la Unidad de Información Financiera que nos alcanzan en nuestro rol profesional; en la responsabilidad tiene que ver con la política de conocer a nuestro cliente y el posible riesgo o las posibles operaciones sospechosas a informar.
Con toda la información obrante en nuestro poder, realizaremos el “diagnóstico” y en base al mismo procederemos a asesorar sobre qué acciones debería realizar el sujeto en cuestión para encuadrarse en la situación que se ajuste a derecho y a las normas tributarias vigentes.
Acude a nuestra consulta la señora María Pérez, quien nos comenta que es psicóloga y que atiende pacientes en su consultorio ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde posee su domicilio de residencia.
Nos cuenta que viene desarrollando dicha actividad desde hace varios meses, pero que se demoró en acudir a un profesional a consultar sobre las obligaciones fiscales a cumplir.
Procedemos a consultarle si realiza alguna otra actividad o si posee algún otro ingreso y nos cuenta que tiene un departamento heredado de sus abuelos que está alquilado y ella es quien percibe dichos ingresos derivados de la locación, pero nunca registró el mismo ni entrega factura a los inquilinos.
Además, es empleada en relación de dependencia de un hospital público.
En cuanto al lugar en el que desarrolla la actividad de psicóloga, nos cuenta que alquila un consultorio. Nos informa que nunca estuvo inscripta ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
En cuanto a bienes que posee a su nombre, es propietaria del departamento que heredó de sus abuelos. Además, posee una caja de ahorro a su nombre y una tarjeta de crédito, y no registra plazos fijos a su nombre.
Ahora bien, podemos decir que ya tenemos información para realizar el diagnostico de María Pérez.
Paso 1: Análisis de la situación del contribuyente. Encuadre en la tributación nacional
Se trata de un sujeto que nunca se inscribió en la AFIP y que desarrolla actividades, por lo que le corresponde su inscripción y tributación.
Lo primero que analizaremos es el régimen tributario a nivel nacional en el que le corresponde encuadrarse. Le explicamos que la tributación se clasifica a nivel nacional, provincial o jurisdiccional y municipal, de corresponder. A nivel nacional, el régimen diseñado para todos los sujetos es el Régimen General y que, si cumple ciertas condiciones y requisitos objetivos, tratándose de una persona humana, podría encuadrarse en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Le comentamos que necesitamos más datos para analizar de manera exhaustiva si podría encuadrar en el Régimen Simplificado conocido como “monotributo”. Para ello le solicitamos que nos brinde la siguiente información:
María nos proporciona la información solicitada y con ella armamos un cuadro a los fines de evaluar si cumple con las condiciones para ser considerada “pequeño contribuyente”, en los términos del artículo 2 de la norma del Régimen Simplificado:
De lo expuesto, realizamos el análisis a los fines de determinar si la Licenciada Pérez puede ser considerada “pequeño contribuyente”.
Resumen de la información suministrada por la clienta
Volcamos la información en nuestro papel de trabajo y surge como resultado que nuestra clienta puede adherir al “monotributo” en la categoría “E”, ya que los parámetros de dicha categoría encuadran con la estimación realizada de sus actividades; a saber, los ingresos brutos anuales permitidos en dicha categoría son de $ 3.042.435,05, la superficie afectada a la actividad permitida es de 110 metros cuadrados, la energía eléctrica consumida permitida máxima es de 13.000 kw y los alquileres devengados máximos permitidos son de $ 573.619,32.
Entonces, de nuestro análisis asesoramos a la licenciada Pérez que puede adherirse al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en la categoría “E”. Le ofrecemos realizar la inscripción correspondiente y, al tratarse de un sujeto que nunca se inscribió en la AFIP, no cuenta con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), por lo que le solicitamos la información necesaria para realizar el trámite de alta en monotributo, para lo que previamente debemos tramitar la CUIT.
Paso 2: análisis de la situación de tributos locales
Luego de realizar la CUIT y la inscripción en el monotributo, le explicamos que continuamos con el análisis en el ámbito de la tributación local, es decir, en CABA, en el caso que nos ocupa. Al tratarse de una persona humana que desarrolla actividad de prestación de servicios profesionales y es universitaria, dicha actividad está exenta en dicha jurisdicción, pero, en este caso, la licenciada Pérez desarrolla, además, la actividad de locación de inmuebles, actividad que está gravada por el impuesto sobre los ingresos brutos en CABA, debiendo inscribirse como sujeto pasivo de dicho gravamen y realizar las correspondientes presentaciones mensuales y pagos ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) -organismo de contralor y de recaudación de dicha jurisdicción-.
Paso 3: asesoramiento mensual y seguimiento
Luego de haber realizado las altas correspondientes tanto en la tributación a nivel nacional como a nivel jurisdiccional, le explicamos que debe cumplir con obligaciones formales y materiales, para lo que sugerimos contratar nuestros servicios de manera mensual. Le explicamos de manera detallada en qué consisten las obligaciones que debe cumplir de manera mensual, es decir, la obligación material del pago de la cuota mensual del monotributo y de ingresos brutos, y las obligaciones formales, como el control de la permanencia en el monotributo, es decir, el análisis de las causales de exclusión taxativamente regladas en el artículo 20 del Anexo, la obligación de realizar la recategorización semestral, la presentación de la declaración jurada mensual del impuesto sobre los ingresos brutos y cumplir con el régimen de facturación vigente. Claramente para dichas tareas necesita un asesoramiento mensual; entonces, le ofrecemos nuestros servicios, para lo cual le otorgamos por escrito un detalle de los mismos y de los honorarios mensuales.
Con este caso práctico analizamos la situación de un contribuyente que inicia actividad, pero también pueden acudir a nuestra consulta contribuyentes que ya posean un negocio, emprendimiento en funcionamiento y con las altas correspondientes, pero que no posean su situación al día. En ese caso, siempre debemos realizar el paso 1, es decir, el análisis de la situación del contribuyente, para así saber en qué estado tributario se encuentra el sujeto y en qué estado le corresponde encontrarse. Esta tarea nos permitirá conocer al cliente y, además y fundamentalmente, conocer qué tareas y servicios son necesarios que realicemos como profesionales a dicho sujeto para regularizar su situación impositiva.
Siempre sugerimos estar actualizados, y para ofrecer nuestros servicios se deben consultar los honorarios mínimos sugeridos en el Consejo Profesional en el que se encuentre matriculado.