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Errepar16/06/2023
Se dispuso que no pagarán este tributo quienes no perciban más de 880.000 pesos en bruto
El poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto 316/2023 establece, para el periodo fiscal 2023, aumentar la exención prevista en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, el cual dispone la exención del Sueldo Anual Complementario con efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma allí indicada, en Pesos Ochocientos Ochenta Mil ($880.000) mensuales inclusive.
El beneficio derivado de lo dispuesto en esta normativa deberá exteriorizarse en los recibos de haberes utilizando la leyenda “Exención Impuesto a las Ganancias - Sueldo Anual Complementario 2023.
Asimismo, la norma dispone que los agentes de retención, dispuestos por la normativa, deberán proceder a la devolución de las sumas retenidas en exceso en el año fiscal 2023, por la aplicación de la presente medida. A tales fines, tendrán que confeccionar una liquidación adicional de manera de calcular las mencionadas sumas y proceder a su reintegro, en DOS (2) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el pago de las remuneraciones devengadas por los meses de junio y julio de 2023.
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