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Erreius23/02/2023
Las guías aprobadas por el Ministerio de Salud están dirigidas a los establecimientos sanitarios de todo el país
El Ministerio de Salud de la Nación desarrolló, en el marco de Plan Nacional de Calidad, dos guías para compartir conocimientos sobre los riesgos inherentes a la atención de las personas en el entorno sanitario, propiciando la mejora continua de la seguridad de los pacientes.
Por medio de la resolución 248/2023, se aprobaron el “Manual de Seguridad del Paciente” y el “Registro de Eventos Adversos. Propuesta Conceptual”. Estos documentos se incorporan al “Programa nacional de garantía de calidad de la atención médica” creado por resolución 432/1992 de la Secretaría de Salud; y tienen como objetivo la promoción de la salud humana y, en consecuencia, la mejora de la calidad de vida.
Este Plan fue aprobado por la resolución 2546/2021 del Ministerio de Salud, y sus ejes consisten en: disminuir las inequidades en el sistema de salud, mejorar la seguridad de los pacientes en la atención de la salud, y establecer estrategias para el equipo de salud que promuevan la calidad en la gestión del trabajo.
Por otra parte, el “Manual de Seguridad del Paciente” y el “Registro de Eventos Adversos. Propuesta Conceptual” se inscriben en una línea de continuidad iniciada en el año 2019 mediante la aprobación de diversos documentos emanados del Ministerio de Salud:
El manual tiene una intención práctica: brindar un mayor detalle al momento de implementar una estrategia organizacional de seguridad del paciente, sugiriendo estrategias y acciones concretas.
Se establecen líneas de acción que tienen como eje los siguientes temas:
Se espera que a través de la implementación de las diversas líneas de acción de mejora de la seguridad del paciente, los establecimientos de salud de todo el país puedan revisar y corregir sus procesos asistenciales y administrativos.
Se establecen aspectos técnicos relacionados con los registros de reportes de Efectos Adversos (EA), teniendo en cuenta que su objetivo es que sean lo más representativos posibles de la realidad, y que su implementación requiere de una cultura de seguridad de los profesionales de la salud para poder ser exitosa.
El objetivo principal de los registros de EA es proveer a los hospitales y sistemas de salud donde se implementan de una serie de elementos para reforzar y sostener la visión sistémica de la seguridad del paciente en lugar de una visión punitiva.
El documento destaca el conflicto que se suscita entre el avance de la implementación de estrategias de mejora de la seguridad del paciente -dentro de las cuales se enmarca el reporte de Efectos Adversos (EA)- y los derechos de los pacientes reconocidos por la ley 26529 y su decreto reglamentario 1089/2012.
En concreto, al derecho del paciente de conocer toda la información sobre su caso, se contrapone el derecho a la protección de la vida y de la salud de terceros, que se beneficiarán del aprendizaje y la reducción de riesgos que garantizan los profesionales con sus notificaciones y propuestas de mejora. Es que el anonimato de las personas involucradas en el EA es imprescindible, según sostienen los especialistas, para fomentar una cultura positiva de seguridad del paciente.
En nuestro país no existe, en la actualidad, un marco normativo que proteja a los sistemas de reporte de EA de ser usados en litigios.