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Errepar30/01/2023
Se regula el procedimiento de uso del LSD
El Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos de Catamarca, mediante la Resolución 16/2023, aprueba el Sistema Digital como soporte para llevar y rubricar en legal forma el “Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Catamarca”, para los empleadores que celebren y/o ejecuten contratos de trabajo en el territorio provincial.
Los principales puntos de la Resolución son:
La Resolución 16/2023 establece que para utilizar el Libro de Sueldos Digital los empleadores deberán:
a) generar clave fiscal y vincular las claves fiscales de las personas humanas, representantes, apoderadas y/o autorizadas con la clave fiscal de la persona jurídica empleadora
b) constituir domicilio electrónico, a través del servicio Trámites a Distancia – “Constitución de Domicilio Electrónico – Relaciones Laborales” disponible en el sitio web “https://tad.catamarca.gob.ar”, mediante la utilización de su Clave Fiscal habilitada con Nivel de Seguridad 2 como mínimo
c) ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital” en la página web de AFIP, y por única vez, dar de alta los conceptos de liquidación de sueldo, asociando los propios con los fijados por la AFIP. Definir, por cada uno de ellos, el tipo de concepto y el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones
d) efectuar las liquidaciones periódicas de haberes por cada trabajador del modo habitual y cargar en el Libro Especial de Sueldos y Jornales la información de las liquidaciones de haberes correspondiente
e) validar y aceptar las liquidaciones. Una vez generado el archivo en el Libro Especial de Sueldos y Jornales, el mismo podrá ser descargado desde el módulo “consultas” del servicio.
f) emitir la consulta del servicio como constancia digital certificada del cumplimiento de presentación de liquidación de haberes de cada trabajador/a y del cumplimiento de deber de rúbrica.
Te puede interesar: Novedades sobre el Libro de Sueldos Digital
El Libro de Sueldos Digital es una herramienta informática que permite a los empleadores cumplir con distintas obligaciones en un único trámite para generar el Libro de Sueldos y Jornales, -Hojas Móviles-, y la declaración jurada mensual a través del formulario F.931.
En otras palabras, la aplicación compatibiliza el sistema de liquidación de haberes del empleador, a fin de utilizarlo como portador de los datos de entrada, junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral’ y ‘Sistema Registral’, para que luego, en forma sistémica y automática, elaborar el Libro de Sueldos y Jornales.
De acuerdo a lo expresado por la AFIP, actualmente existen más de 93.000 empresas y más de 4 millones de trabajadoras y trabajadores empleados en el sector privado que ya utilizan el Libro de Sueldos Digital.
La AFIP notifica a los empleadores que deben utilizar el servicio en forma obligatoria a través del Domicilio Fiscal Electrónico.
En Errepar tenemos una obra que brinda un completo enfoque de los aspectos jurídicos, técnicos y prácticos para la utilización del Libro de Sueldos Digital AFIP.
Esta obra reúne el conocimiento y la experiencia profesional de la Dra. Marcela A. Gómez y de los Dres. Gustavo R. Segu, Pablo A. Figueredo e Ignacio E. Kakazu quienes, tomando como base el tratamiento de la temática en las publicaciones especializadas de Errepar, proponen un enfoque metódico con mayor profundidad y alcance integral.
Se analiza el marco normativo del Libro Ley del artículo 52 de la LCT y los aspectos técnicos y prácticos para la implementación del Libro de Sueldos Digital AFIP, como así también aspectos subsidiarios, pero de significativa importancia como la rúbrica y la centralización de la documentación laboral y las sanciones previstas ante los incumplimientos a las obligaciones frente a la autoridad de aplicación.
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