¡No se han encontrado coincidencias!
Esta funcionalidad no se encuentra disponible para su nivel de usuario. Suscribase para obtener mayores beneficios.
Imprimir
Compartir
En Linkedin
En Facebook
En Twitter
En Telegram
Por email
Por Whatsapp
Obtener link
Errepar04/05/2023
La AFIP informa cómo debe incluirse en el Libro de Sueldos Digital el reintegro de gastos de guarderías
El Organismo Fiscal pone a disposición la Guía N° 44 en la cual se detalla cómo debe declararse en el servicio “Libro de Sueldos Digital” la suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, según lo dispuesto en el art. 4 del Decreto 144/2022.
El concepto de liquidación que se refleja en el recibo del trabajador/a, se debe asociar al concepto AFIP no remunerativo 520.004:
Este concepto AFIP tiene carácter de no remunerativo respecto de todos los subsistemas de la seguridad social, es por esto que no tiene libre selección de los mismos.
La Dra. Marcela Gómez brindará este taller el próximo 8 de mayo a las 17 horas y está dirigido a quienes participaron de la primera edición o implementaron el sistema y presentan el Formulario 931 a través de la plataforma LSD.
Para más información, ingresá acá