La jubilación y cobertura médica: ¿Puedo mantener mi obra social?

Erreius10/04/2023

Damián Alegre aborda las preguntas habituales al momento de iniciar el trámite jubilatorio, respecto de las obras sociales y su posible continuidad

En la Argentina, ninguna persona puede estar sin cobertura médico-sanitaria. Podrán diferir los diversos métodos para su acceso, pero siempre tendrán cobertura.

Aquellas que se encuentran bajo relación de dependencia tienen el derecho a tener una obra social. Los monotributistas tienen su componente de salud, a través del cual aportan a una obra social. Los desempleados, autónomos o aquellas personas que no entren en los grupos anteriormente mencionados tienen el sistema de salud pública o pueden abonar un seguro de salud de forma voluntaria, al que comúnmente se lo conoce como prepaga. Para el caso de los jubilados y pensionados, conforme a la ley 19032, el PAMI es su obra social.

 

I - INTRODUCCIÓN

Siendo que la situación coyuntural del país acompaña a grandes cambios y nuevas preguntas de los activos a la hora de iniciar su trámite jubilatorio, es necesario abordar el tema de obras sociales y su posible continuidad.

Aquellas personas que obtenían el beneficio previsional sabían de ante mano cuál sería su futuro respecto a la cobertura de salud ingresando en alguno de estos tres grandes grupos:

  • Teníamos aquellas personas que continuaban dentro de su obra social de origen, siendo que la misma aceptaba jubilados o que había sido cautiva durante su vida activa, como sucede con la OSPJN, OBSBA, IOMA, DIPFA, entre muchas otras.
  • Por otro lado, aquellos que perdían la cobertura de su agente de salud y debían comenzar a abonar mensualmente el valor íntegro del plan prepago que habían mantenido durante su vida activa.
  • Y, por último, los que perdían la obra social, porque no aceptaban jubilados y, al no poder abonar una prepaga en forma particular, “caían directamente” en el PAMI.

Desde hace no mucho tiempo, cada vez es más recurrente escuchar, al momento de iniciar el beneficio previsional, que el jubilable pronuncia dos frases “quiero mantener mi obra social” y “quiero hacer un amparo”.

La intención de la presente publicación es abordar de la forma más resumida, clara y directa las preguntas más habituales escuchadas durante las entrevistas con los beneficiarios, tratando de ejemplificar lo más posible cada premisa.

 

Y además:

II - ¿SE PUEDE RENUNCIAR AL PAMI?

III - ¿CUÁNTO TIEMPO DEMORA LA NUEVA OBRA SOCIAL EN RECIBIR LOS APORTES?

IV - DIFERENCIA ENTRE APORTAR Y AFILIARSE O EMPADRONARSE EN UNA OBRA SOCIAL

V - DIFERENCIA ENTRE OBRA SOCIAL, PREPAGA Y PAMI

VI - JUBILADO MONOTRIBUTISTA

VII - AUMENTO DE COBERTURA EN LOS PLANES DE PREPAGA

 

Este artículo forma parte de la publicación "Temas de Derecho Laboral y de la Seguridad Social", exclusivo para suscriptores de Erreius.

 

 

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