Implementación de espacios de cuidados para niños en las empresas

Errepar19/03/2023

Empresas de más de cien empleados deberán garantizar espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y 3 años

Este 23 de marzo comienza a regir la obligación de implementar espacios de cuidados para niños y niñas en aquellas empresas que cuenten con cien o más empleados, tal como lo dispone el Art. 6 del Decreto 144/2022 que reglamenta el Art 179 de la Ley 20744. Dicho articulo establecía que esta obligación sería exigible una vez transcurrido el plazo de un año de su entrada en vigencia.

 

¿Que dice el Decreto 144/2022?

 

El Decreto 144/2022 dispone que las empresas que posean mas de cien empleados deberán, durante la jornada laboral, garantizar en sus estableciemientos un espacio destinado al cuidado de niños y niñas de entre 45 días y tres años de edad, que se encuentren a cargo de los trabajadores y trabajadoras, indistintamente de la modalidad de contratación. Tambien posibilita a las empresas a subcontratar estos espacios, los cuales deberan cumplir con las habilitaciones y condiciones según la legislación especifica de la jurisdicción donde se encuentren ubicados. En el caso de establecimientos ubicados en un mismo parque industrial o a menos de 2km de distancia entre si, podrán optar por conformar espacios de cuidados consorciales en el mismo radio en que se encuentran.

Además, permite que en los casos que se encuentre previsto a través de los convenios colectivos de trabajo, a reemplazar la obligación que prevee el Art.1 con el pago de una suma de carácter no remunerativa, monto que no deberá ser inferior al 40% del salario correspondiente a la categoría "Asistencia y Cuidados de Personas" del personal con retiro comprendido dentro del Régimen del Personal de Casas Particulares; y en los casos de contratos a tiempo parcial, se reintegrará la suma de forma proporcional. Tambien podrá reemplazarse con el pago de esta suma, respecto de los trabajadores contratados bajo la modalidad de Teletrabajo. Estos gastos deberán ser debidamente documentados, siendo necesario que sean emitidos por instituciones habilitadas por las autoridades o bien surjan del trabajo de asistencia, acompañamiento y cuidado de personas registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Ley 26.844). Por último, el decreto establece que el incumplimiento de esta obligación será considerada una infracción muy grave en el ámbito de la jurisdicción nacional, artículo 4º del Anexo II de la Ley Nº 25.212.

 

Acuerdo UIA - CGT

 

El pasado jueves 16 de marzo de 2023, las autoridades de la Unión Industrial Argentina y la Confederación General del Trabajo, firmaron un acuerdo para trabajar en la implementación de los espacios de cuidado de acuerdo a lo establecido en el decreto mencionado anteriormente. A su vez, se pactó el pago del reintegro de los gastos en reemplazo de la obligación del Art. 1 del Decreto 144/2022 en los supuestos que no se encuentren previstos en los Convenios Colectivos de Trabajo, por el plazo que corre desde el 23 de marzo hasta el 31 de julio de 2023.

El acuerdo contó, además, con la adhesión de la Cámara Argentina de la Construcción.

 

El martes 21 de marzo, a las 12 horas, Analía Raña Sá y Tamara Tornese brindarán una charla a través de nuestros canales de Instagram en @errepar_oficial @erreius_oficial,

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