¿Qué gastos vinculados a los hijos son deducibles de ganancias?

Errepar28/12/2022

Marcela A. Gómez analiza que gastos vinculados a la familia son deducidos para la base imponible de este tributo

INTRODUCCIÓN

Desde la última novedad de deducción de los gastos de educación de los hijos, haré un repaso sobre todos los gastos relacionados con este vínculo familiar que son susceptibles de ser deducidos de la base imponible del tributo a las ganancias.

Además, aprovecharé para mencionar y analizar los Beneficios Sociales que brinden los empleadores para hijos/as de la nómina, si los mismos están alcanzados o no por el mencionado impuesto.

DEDUCCIÓN DE LAS CARGAS DE FAMILIA

El artículo 30 de la ley de impuesto a las ganancias (LIG) establece que las personas humanas tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas, entre otras deducciones, los siguientes vínculos familiares, aunque en la misma norma impone condiciones para que dichos conceptos sean computables.

Condiciones:

  • que los familiares indicados sean residentes en el país (que vivan más de seis meses en el país en el transcurso del año fiscal)
  • estén a cargo del contribuyente
  • no tengan en el año ingresos netos superiores al mínimo no imponible del período fiscal del que se trate (Año 2022: $ 252.564,84; Año 2023: $ 451.683,19), cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto
  • solo podrá efectuarla el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles

Montos a deducir:

  • Por Cónyuge/Unión convivencial: $ 235.457,25 en el 2022 y $ 421.088,24 en el 2023
  • Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años: para el 2022 $ 118.741,97 y para el 2023 $ 212.356,37
  • Por Hijo incapacitado para el trabajo: en el 2022 $ 237.483,94 y en el 2023 $ 424.712,74

Estos montos se incrementan en un 22%, para empleados que trabajen en las provincias y localidades patagónicas mencionadas en el artículo 1 de la ley 23272 (La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires), siendo los valores los siguientes:

  • Por Cónyuge/Unión convivencial: $ 287.257,86 en el 2022 y $ 513.727,67 en el 2023
  • Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años: para el 2022 $ 144.865,21 y para el 2023 $ 259.074,78
  • Por Hijo incapacitado para el trabajo: en el 2022 $ 289.730,42 y en el 2023 $ 518.149,56

Este artículo forma parte de la publicación "Liquidación de Sueldos", exclusivo para suscriptores de Errepar

Si ya tenés tu suscripción, podés seguir leyendo la nota aquí

Para suscribirte, clickéa acá