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Errepar15/08/2023
Julieta Álvarez Millet detalla los valores de los aranceles que rigen para cada trámite, cómo generarlos y cómo abonarlos
Los trámites registrales ante la Inspección General de Justicia (IGJ) y la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) de Buenos Aires requieren de la presentación del formulario de inicio, el cual tiene un costo de timbrado.
En el caso de la IGJ, en el año 2009 el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos creó, mediante la resolución (MJDH) 3/2009, el “Módulo IGJ” con la finalidad de fijar los valores de los formularios a utilizarse en la IGJ pudiendo los usuarios optar por un trámite urgente con el mismo formulario, pero abonando aranceles diferenciales al aumentar la cantidad de módulos necesarios para el trámite.
En ese mismo año, la IGJ, mediante la resolución general (IGJ) 2/2009, sustituyó los formularios de actuación de nomenclatura numérica por alfabética y adecuó sus sistemas para la emisión de formularios contemplando los valores del módulo IGJ previsto por el Ministerio.
Los nuevos formularios digitales deben completarse a través del sitio web de la IGJ, imprimirse en original y duplicado y, finalmente, timbrarse en las cajas de la sede central del organismo o en las dependencias de los colegios profesionales.
En el caso de la DPPJ de Buenos Aires, todas las presentaciones que se realizan deben ir acompañadas del pago de la tasa general de actuación y la tasa administrativa respectiva a cada trámite. Asimismo, las entidades podrán optar por el pago de tasas especiales de 1, 4 y 15 días para trámites preferenciales conforme la ley 14028 y su decreto reglamentario.
El valor de las tasas se fija cada año con el dictado de la ley fiscal correspondiente al mismo, donde se actualizan los valores.
En el presente detallaremos los valores que rigen a la fecha de publicación del presente, cómo generarlos y cómo abonarlos.