Todo sobre facturación de exportaciones

Errepar10/05/2023

Emiliana Prado explica los conceptos esenciales sobre facturas de exportación y brinda una guía paso a paso para la emisión de comprobantes 

INTRODUCCIÓN

El régimen de emisión y registración de comprobantes actualmente vigente, como lo venimos analizando en los distintos artículos que venimos realizando, está regulado por la resolución general (AFIP) 1415 y sus modificatorias. Dicha norma, en su artículo 8, modificado por la resolución general (AFIP) 5198, establece que “el respaldo documental de las operaciones realizadas y/o del traslado y entrega de bienes se efectuará mediante la emisión y entrega, en forma progresiva y correlativa, de los comprobantes que, para cada caso, se detallan” y posteriormente esboza un esquema de emisión de comprobantes para respaldar la efectiva realización de las operaciones sujetas. Entre los comprobantes que la norma describe se cita a las “facturas de exportación”.

A tal fin, resulta adecuado recordar y analizar algunos conceptos previos antes de adentrarnos en el tema de la facturación de las exportaciones. Entonces, recordamos…

¿Qué se considera “exportación de servicios”?

Se considera exportación de servicios a cualquier prestación realizada en el país a título oneroso y sin relación de dependencia, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, entendiéndose por tal a la utilización inmediata o al primer acto de disposición por parte del prestatario.

Exportación de bienes

Las exportaciones de bienes consisten en aquel conjunto de bienes, productos y materias primas de origen nacional que pasan por la aduana con destino a otros países. Exportar es vender bienes producidos en un país a compradores del exterior. Quienes realicen dicha actividad deben inscribirse en el registro de exportadores de bienes, pudiendo, si cumplen ciertos requisitos, inscribirse en un registro simplificado, llamado “Exporta Simple”. El mismo consiste en un régimen de exportación simplificado creado con el objetivo de facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía con fines comerciales a través de determinados operadores logísticos buscando potenciar el incremento de la actividad exportadora y posibilitar la operatoria para nuevos exportadores. Entre los requisitos que deben reunir quienes deseen inscribirse en Exporta Simple se encuentran los siguientes:

- El monto anual de facturación de estas exportaciones no podrá superar el valor FOB equivalente a USD 600.000 por sujeto.

- Cada operación individual no podrá superar el valor FOB de USD 15.000 por sujeto.

- Los bienes sujetos a exportación no deberán estar alcanzados por prohibición, suspensión o cupo a la exportación.

- Los bienes a exportar no podrán ser aquellos sometidos a un tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero.

Como podemos observar, está destinado a pequeños y medianos exportadores. Para quienes lo deseen se sugiere complementar el tema de las exportaciones.

Ahora bien, nos preguntamos…

¿Qué condición fiscal deben observar quienes sean exportadores de bienes o de servicios?

Puede realizar exportación de bienes y/o de servicios un sujeto cuya condición fiscal sea responsable inscripto, o bien aquellos sujetos que revistan la condición de pequeños contribuyentes monotributistas, en tanto no superen el parámetro de ingresos brutos de dicho régimen simplificado.

Luego de haber realizado el análisis de conceptos fundamentales previos, estamos en condiciones de abordar la temática que nos propusimos en este artículo.

Al respecto, empezaremos comentando que todo sujeto que exporte, sea bienes o servicios, deberá emitir un comprobante denominado tipo “E” para respaldar tales operaciones, sea que dicho sujeto revista la condición de responsable inscripto o de monotributista; en ambos casos, la factura que respalde una operación de exportación de servicio será en todos los casos factura tipo “E”.

 

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Y además, los siguientes temas:

- MEDIOS DE EMISIÓN DE COMPROBANTES TIPO “E”

- HABILITACIÓN DE PUNTOS DE VENTA

 - QUÉ REQUISITOS DEBEN OBSERVAR LOS COMPROBANTES TIPO “E” Y QUÉ CARACTERÍSTICAS POSEEN

- GUÍA PASO A PASO PARA LA EMISIÓN DE COMPROBANTES DE EXPORTACIÓN

- PALABRAS FINALES

 

Este artículo forma parte de la publicación “Práctica y Actualidad Tributaria”, exclusivo para suscriptores de Errepar.

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