Entidades deportivas y civiles: aumentos salariales para las ramas Clubes de Campos y Mutualidades

Errepar28/07/2023

Utedyc informó la actualización de salarios en el mes de julio 2023

La Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles informó el cierre de dos acuerdos salariales en el marco de las negociaciones paritarias para el segundo semestre del año 2023. Los acuerdos alcanzan a los trabajadores encuadrados en los Convenios Colectivos de Trabajo 780/2020 y 496/2007.

 

Clubes de Campo - CCT 780/2020

El acuerdo con la Federación Argentina de Clubes de Campo contempla un aumento del 49% de carácter no remunerativo sobre los salarios básicos vigentes al mes de julio 2023, el cual se deberá abonar de acuerdo al siguiente esquema:

- 18% con el salario de agosto

- 12% con el salario de octubre

- 10% con el salario de noviembre

- 9% con el salario de diciembre

El acuerdo estipula que los montos no remunerativos irán incorporándose a los salarios básicos de la siguiente forma: el 18% correspondiente al mes de agosto, en el salario del mes de octubre y el 12% del mes de octubre se incorporará al salario del mes de noviembre. A su vez, el 10% del mes de noviembre, pasará a conformar el básico del mes de diciembre y el 9% correspondiente a diciembre, integrará el salario de enero 2024.

 

Mutualidades - CCT 496/2007

Por su parte, El acuerdo firmado con la Confederación Argentina de Mutualidades y la Confederación Nacional De Mutualidades de la República Argentina, estipula un aumento del 57 % en los salarios básicos vigentes al mes de junio aplicable en seis tramos de la siguiente manera:

- 15% con el salario de julio

- 8% con el salario de agosto

- 8% con el salario de septiembre

- 8% con el salario de octubre

- 10% con el salario de noviembre

- 8% con el salario de diciembre

Dichos aumentos serán otorgados con carácter no remunerativo, los cuales pasarán a tener carácter remunerativo en el siguiente orden: el 15% del mes de julio se incorporará al básico del mes de agosto; el 8% correspondiente al aumento de agosto será incorporado al básico del mes de septiembre; el 8% de septiembre se incorporará en el básico del mes de octubre. A su vez, el 8% del mes de octubre pasará a integrar el básico del mes de noviembre; el incremento del 10% de noviembre lo hará en el mes de diciembre y por último, el porcentaje del mes de diciembre será incorporado al básico en el mes de enero 2024.

 

Ambos acuerdos incluyen una revisión salarial en el mes de enero 2024, la cual podría ser adelantada si la inflación supera los aumentos previstos antes de la fecha prevista.

 

Para acceder a los acuerdos deberá ingresar en los siguientes enlaces: