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Erreius30/12/2022
Entre sus considerandos, la norma señala que resulta fundamental fortalecer los servicios sanitarios en todos sus niveles
Por medio del Decreto 863/2022 (B.O. 30/12/2022), se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada mediante la Ley N° 27.541 en virtud de la pandemia por COVID-19, extendida por el Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
El país transita una nueva ola de coronavirus. En las últimas semanas, según el informe epidemiológico que comparte el Ministerio de Salud, los casos de covid-19 van en aumento.
En tal sentido, el Poder Ejecutivo dispone facultar al Ministerio de Salud, como Autoridad de Aplicación:
-a establecer un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud;
-a contratar a personal de salud jubilado o retirado, exceptuándolo temporariamente del régimen de incompatibilidades vigentes para la Administración Pública Nacional;
-a autorizar, en forma excepcional y temporaria, la contratación y el ejercicio de profesionales y técnicos y técnicas de salud, titulados y tituladas en el extranjero cuyo título no esté revalidado o habilitado en la República Argentina;
-y a autorizar la instalación y funcionamiento de hospitales de campaña o modulares aun sin contar con los requisitos y autorizaciones administrativas previas.
A tales efectos, el Jefe de Gabinete de Ministros realizará la reasignación de partidas presupuestarias correspondientes para la implementación de las presentes acciones.
Por su parte, hace unos días el Jefe de Gobierno porteño Horacio Rodriguez Larreta resolvió prorrogar hasta el 28 de febrero de 2023 la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19), contemplando el funcionamiento de las actividades autorizadas en el marco de los protocolos aprobados para cada caso.