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Erreius25/10/2023
Un paso trascendental en la protección de los derechos de las víctimas de delito
Dir. Pcial. de Acceso a la Justicia y Asistencia a la Víctima
El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha dado un paso trascendental en la protección de los derechos de las víctimas de delitos, con la realización del primer sorteo de abogado de la víctima.
La ley provincial N° 15.232 decreto reglamentario 599/2021, ampliamente conocida como la "Ley de Víctimas", reconoce el derecho de las personas afectadas por delitos a una mayor participación en el proceso penal y el acceso a asistencia jurídica y psicosocial desde una perspectiva que tenga en cuenta tanto su situación estructural como las consecuencias del ilícito sufrido. La misma busca reconocer y garantizar los derechos de las víctimas de delitos, evitando la revictimización y asegurando un acompañamiento efectivo durante el proceso penal.
Una de las disposiciones más destacadas de esta normativa, es la creación de la figura del "Abogado de la Víctima" en la provincia de Buenos Aires, cuyo objetivo está destinado a proporcionar patrocinio jurídico gratuito a las personas víctimas de delitos graves que no pueden afrontar los costos asociados con su participación en el proceso penal, asumiendo el estado provincial dichos costos. De este modo, la víctima tendrá en el proceso los mismos derechos y facultades que se le asignan al particular damnificado, cuando decida tomar ese rol procesal, asegurando una representación y participación legal efectiva (art.78 y ss. CPPBA).
A partir del trabajo conjunto entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires y el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (Col.Pro.BA), se concretó la creación del Registro Provincial de Abogados de la Víctima, establecido en el art. 16 de la normativa. Este registro se realiza a través de una plataforma digital (AVIC) cuya gestión está a cargo del Col.Pro.BA con participación de los Colegios departamentales en lo relativo a la inscripción y los sorteos de sus colegiados.
La creación de dicho Registro representa un avance significativo hacia la garantía de igualdad de acceso a la justicia y participación efectiva de las víctimas. Así mismo fortalece un campo de formación y la construcción de un perfil profesional vinculado a la temática en el ámbito del proceso penal.
La autoridad de aplicación de la Ley de Víctimas N° 15.232 es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de su Dirección Provincial de Acceso a la Justicia y Asistencia a la Víctima (DPAJAV). La misma cuenta con dispositivos interdisciplinarios que, desde el año 2004 intervienen en el acompañamiento a víctimas de delitos dando lugar, en la provincia de Buenos Aires, a la construcción de una política pública pionera en la materia.
La reglamentación prevé que la DPAJAV sea la encargada, en cada situación particular, de evaluar y generar la solicitud de designación del abogado/a de la víctima. Un equipo interdisciplinario de dicha Dirección tomará contacto con la víctima proponiendo desde el inicio un abordaje integral de los distintos conflictos que van surgiendo cuando un hecho delictual irrumpe en la cotidianeidad de la vida de una persona y su familia.
El acceso al patrocinio letrado gratuito se limitará a procesos penales y se asignará de acuerdo con el protocolo de admisión creado a tales fines por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires.
Una vez realizada dicha evaluación se enviará la solicitud al Col.Pro.BA a través del sistema AVIC quien pondrá el marcha el circuito establecido para realizar el sorteo del abogado/a de los inscriptos en el Registro Provincial y que previamente hayan cumplido con el curso de capacitación obligatoria.
El abogado/a sorteado tendrá la responsabilidad de proporcionar patrocinio jurídico, asegurando que las víctimas reciban la representación legal necesaria, de manera articulada con los equipos interdisciplinarios de la Dirección Provincial.
La implementación de esta figura es un avance significativo en la búsqueda de justicia y apoyo a las víctimas de delitos en la Provincia de Buenos Aires. Este enfoque progresista en el sistema de justicia y la decisión del estado provincial de garantizar que las personas que han sufrido delitos reciban la asistencia y participación legal necesaria, no hubiera sido posible sin el compromiso sostenido de los familiares de las víctimas. Su dedicación y perseverancia han desempeñado un papel crucial en la promulgación y aplicación de la ley, colocando a las víctimas en el centro del proceso penal, garantizando de esa forma un correcto acceso a la justicia.
Para quienes asumimos la responsabilidad estatal de acompañar las situaciones particulares que atraviesan las víctimas de delitos y traducir sus luchas colectivas en políticas públicas que garanticen derechos, la aplicación efectiva de esta ley resulta un desafío fundamental y marca un cambio de paradigma en el sistema que, al ubicar a la víctima como actor central del proceso, asume la responsabilidad de generar las condiciones necesarias para que su tránsito por el mismo habilite la posibilidad de reparación del daño sufrido.