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Errepar15/09/2022
Se establece, hasta el 30 de septiembre, un programa de adhesión voluntaria
En el Boletín Oficial de hoy, se publicó el Decreto 576/2022, cuyo art. 1 crea, de manera extraordinaria y transitoria, el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR -cuya adhesión a través del servicio “Sistema Registral”, será voluntaria- destinado a los sujetos que hayan exportado en los últimos DIECIOCHO (18) meses inmediatos anteriores a la vigencia de este decreto, las mercaderías cuyas posiciones arancelarias figuran en el Anexo I.
Se señala que El PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR será de aplicación efectiva respecto de los sujetos que cuenten con registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), realizadas antes o después de la entrada en vigencia del presente decreto, siempre que correspondan a operaciones de compraventa de soja perfeccionadas a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, incluidas operaciones de compraventa con precio en pesos “a fijar” con posterioridad a esa fecha.
El BCRA establecerá los mecanismos para que el contravalor de las mercaderías exportadas, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o post financiación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación se perfeccione a PESOS DOSCIENTOS ($ 200) por DÓLAR ESTADOUNIDENSE.
Se deja asentado que esta condición extraordinaria y transitoria de liquidación de divisas no afectará la metodología por la cual se calcula el tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Además, se crea el Fondo Incremento Exportador con la finalidad de financiar programas que estimulen el desarrollo de pequeños y medianos productores y de economías regionales y una prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional, para personas en situación de extrema vulnerabilidad.
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