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Erreius02/05/2023
La ley 27.711 fue publicada hoy en el Boletín Oficial
Mediante la Ley 27.711, publicada hoy en el Boletín Oficial, se establece que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) establecido en la ley 22431, se expedirá con o sin fecha de vencimiento.
En segundo lugar, se dispone que la Agencia Nacional de Discapacidad sea la encargada de su actualización conforme la concepción dinámica de la discapacidad dispuesta por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Este organismo será el encargado de implementar la flexibilización de los requisitos para su otorgamiento, además de definir las condiciones y lineamientos para su implementación, incluyendo el fortalecimiento de las juntas evaluadoras de las personas con discapacidad.
Recordemos que hace pocos dias se publicó la resolución 322/2023 de la Agencia Nacional de Discapacidad, por la cual se aprobaron dispositivos a ser implementados de manera gradual y progresiva, con el fin de poder garantizar la continuidad ininterrumpida de las tramitaciones de certificación que deban solventarse.
La persona beneficiaria puede solicitar la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) en cualquier momento.
El Poder Ejecutivo nacional deberá reglamentar la presente ley en el plazo de 90 días desde la fecha de su promulgación.
Asimismo, se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adecuar su legislación conforme lo dispuesto en la presente ley.