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Errepar02/12/2022
Sebastián Dominguez comenta los principales puntos de la ley de leyes 2023
En el día jueves 1° de diciembre se publicó finalmente en el Boletín Oficial la ley 27701, la ley de presupuesto 2023, la cual además de un nuevo blanqueo de moneda extranjera en el país y en el exterior, modificaciones en materia impositiva, laboral y societaria.
Al respecto, el Doctor Sebastián Dominguez nos comenta cuales son los principales aspectos que contiene la ley de leyes para el año 2023.
La ley de presupuesto 2023 fue promulgada parcialmente, a través del Decreto 799/2022. Se trata de una promulgación parcial, en tanto el Poder Ejecutivo observó el tercer párrafo del artículo 89 de la ley, que señala: “Dado el carácter de servicio público tanto de la distribución como del transporte de la energía eléctrica, el Estado nacional y las jurisdicciones provinciales deberán publicar, en un período no mayor a noventa (90) días, cuadros tarifarios que permitan a los distribuidores cumplir con las obligaciones resultantes del párrafo anterior.”
Para leer más sobre el tema también te puede interesar: “Se promulgó parcialmente el Presupuesto para 2023”.
La ley, entre las principales modificaciones introducidas en materia impositiva, incluye un nuevo nuevo blanqueo de moneda extranjera en el país y en el exterior (art. 72) y la admisión en el blanqueo a la construcción hoy vigente - Ley 27613, título II-, como destino de inversión la adquisición de un inmueble usado (art.71)
Además, en el impuesto a las ganancias se posibilita a las grandes empresas diferir en tres ejercicios el resultado impositivo que se origina en el Ajuste por Inflación cuando realicen inversiones considerables en bienes de uso (art. 118)
Otro de los aspectos introducidos por el presupuesto 2023, se permitirá a las personas humanas deducir en el impuesto a las ganancias, un porcentaje de los gastos en educación de las cargas de familia. (art. 99). Para el caso de los empleados de las actividades de transporte terrestre de larga distancia la deducción en concepto de viáticos y gastos de movilidad en el impuesto a las ganancias será la que resulta de incrementar en 4 veces el mínimo no imponible (art. 100).
También, se faculta al Poder Ejecutivo para incrementar durante el 2023 el monto a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados comienzan a tributar el impuesto a las ganancias (art. 67).
En materia laboral se establece que la asignación dineraria de los programas de empleo que, conforme el Programa "Puente al Empleo", debe imputarse a cuenta del pago de la remuneración, no será considerada para la determinación de los aportes personales y las contribuciones patronales a los subsistemas de la seguridad social (art. 68).
Finalmente, en materia de consumidor, se acordó una modificación al artículo 47 de la Ley Defensa del Consumidor en lo que respecta al valor de las multas ante la existencia de infracciones, las que se calcularán entre 0,5 a 2.100 canastas básicas totales para el hogar que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC).