¿Cómo es el trámite para solicitar los subsidios de luz y gas?

Errepar19/07/2022 16:09:17

Formulario que deberán completar aquellos usuarios de los servicios de electricidad y gas por redes que quieran conservar los subsidios

Mediante el decreto 332/22, Silvina Batakis, Ministra de Economía de la Nación, anunció el formulario para que los usuarios de los servicios de electricidad y gas por redes que quieran conservar los subsidios puedan llevarlo a cabo.

La norma establece que dejarán de percibir subsidios aquellos que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a 3,5 Canastas Básicas Totales (350 mil pesos, según los últimos datos de Indec)
  • Titulares de tres o más automóviles con antigüedad menor a cinco años
  • Titulares de tres o más inmuebles
  • Titulares de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo, y/o titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena

El Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) estará habilitado en la página https://www.argentina.gob.ar/subsidios, a la que también se podrá acceder a través de la aplicación Mi Argentina, en la sección de Mis Trámites. “Inscribite para mantener los subsidios que hoy recibís en tu hogar a los servicios de luz y gas”, ya puede leerse en la aplicación.

Aquellas personas que no tengan acceso a internet podrán completar el formulario de manera presencial en las oficinas de la Anses o de las distribuidoras de luz y gas.

¿Cuánto tiempo tengo disponible para completar el formulario y qué documentación necesito?

Desde el 15 de Julio hasta el 26 del mismo mes se podrá realizar el trámite. Sin embargo, hay fechas determinadas según la terminación del Documento Nacional de Identidad.

A continuación, te dejamos los días indicados con el número de terminación del DNI:

  • 0 – 1 – 2: entre el 15 y el 19 de julio.
  • 3 – 4 – 5: entre el 20 y el 22 de julio.
  • 6 – 7 – 8 – 9: entre 23 y el 26 de julio.

¿Cómo se va a realizar la segmentación?

El nuevo esquema de subsidios tiene como principal objetivo “alcanzar tarifas razonables y justas para el valor de la energía”. Esta iniciativa propone una distribución de los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar. Para ello, se establecieron tres grupos:

1) Segmento de ingresos altos

Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).
  • Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $425.620.
  • Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • Tener 3 o más inmuebles.
  • Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

2) Segmento de ingresos medios

Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:

  • Ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta 2 inmuebles.
  • Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.

3) Segmento de menores ingresos

Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen alguna de las siguientes condiciones:

  • Ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta 1 inmueble.
  • No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:

  • Un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
  • Un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

  • Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM.

Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $99,677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

 

 

¿Cuáles son las excepciones a la inscripción?

Existen dos casos en los cuales el beneficiario no tendrá que llenar el formulario de inscripción:

  • Si es electrodependiente, no tendrá que completar el trámite para solicitar el subsidio de la electricidad, pero sí deberá hacerlo para solicitar el de gas.
  • Si en el domicilio funciona una entidad de bien público. Podrá solicitar la tarifa diferencial para entidades.

¿Qué deben hacer los inquilinos?

Las personas que alquilan también deberán completar esta declaración jurada sin importar que el servicio no esté a su nombre, ya que el formulario permite anotarse como “persona usuaria de los servicios”. De esta manera, se mantendrá el subsidio para inquilinos o residentes, siempre que no pertenezcan al grupo de ingresos altos.

Además, se contempla que, en el caso de que el inquilino se mude y sus ingresos se mantengan debajo del umbral estimado, este mantendrá los subsidios con su identificación de “usuario residencial” en la nueva vivienda.

¿Qué ocurre si la factura del servicio no está a nombre del solicitante?

Si la factura no llega a tu nombre, igual vas a poder realizar la solicitud como usuario de los servicios indicando que no es la persona titular.

¿Qué sucede si una persona tiene más de un servicio de electricidad o gas a mi nombre?

En ese caso, solamente deberá completar los datos del servicio de un solo domicilio.

¿En qué consiste la inclusión automática de sectores de menores ingresos en el registro de subsidios de tarifas ?

Es un proyecto de ley que fue presentado por el bloque Encuentro Federal en la Cámara de Diputados de la Nación. Tiene como finalidad que los sectores de la población de menores ingresos sean incluidos de manera automática para seguir con el subsidio en los servicios de tarifas de electricidad y de gas.

Margarita Stolbizer, quien preside el bloque, fundamentó que se debe evitar el “complejo procedimiento de confección de declaraciones juradas por parte de los usuarios y la obligación por parte de las autoridades de aplicación de incluir a un determinado universo en el Nivel 2, menores ingresos, de acuerdo a la segmentación, sobre todo para los más vulnerables, permitirá una inclusión más justa y equitativa dentro del régimen propuesto, permitiendo que sólo puedan acceder a los beneficios aquellos que realmente necesitan que su tarifa resulte subsidiada“.

La Diputada Nacional argumentó que “la concesión automática del subsidio para los sectores más vulnerables simplificará su inclusión, optimizando su asignación con mucho menos margen de error“.

Desde el espacio político, consideran a la información vertida en los registros como suficientes para asignar el nuevo beneficio sin imponer nuevas obligaciones. 

Además, esta presentación cuenta con las firmas de los funcionarios públicos Domingo Luis AmayaEmilio Monzó y Sebastián García de Luca