Comisión de Enlace ARBA - Consejo Profesional de Buenos Aires 2022

Errepar03/01/2023

El Consejo Profesional Bonaerense publicó el informe de la Comisión de enlace con ARBA

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires publicó el informe correspondiente a la última reunión de trabajo de 2022 de la Comisión de enlace ARBA - CPCEPBA, celebrada el pasado 12 de diciembre en las oficinas de ARBA.

La reunión se desarrolló en las oficinas de ARBA de la ciudad de La Plata y estuvieron presentes el Jefe de Gabinete de la Agencia de Recaudación de la provincia, el Licenciado Nicolás De Hoz y funcionarios de la misma y las autoridades del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Buenos Aires.

Entre las principales dudas que se plantearon y las respuestas del Fisco de la Provincia, destacamos las siguientes

Impuesto sobre los ingresos brutos: Contribuyentes del impuesto no residentes:

Pregunta 1: ¿Los residentes en el extranjero que poseen rentas por arrendamiento de su parte del inmueble ubicado en la provincia de Buenos Aires, deben inscribirse en el IIBB? De ser así qué trámites deben llevar a cabo y que documentación deben presentar?

Respuesta: Los residentes extranjeros no deben inscribirse

Pregunta 2: ¿Si no deben inscribirse los no residentes; debiera seguirse lo estipulado en la RN (ARBA) 9/2021?

Respuesta: El responsable sustituto es que el resulta obligado a inscribirse, declarar y tributar en el IIBB, siguiendo lo estipulado en la RN (ARBA) 9/2021.

Planes de pago

Se consulta si está en carpeta la emisión de una Resolución Normativa para regularizar deuda excluida de las RN (ARBA) 7/2022 RN (ARBA) 11/2022 y 13/2022, a saber: 

a) Deuda de Agentes de Recaudación por Retenciones y Percepciones realizadas y no ingresadas.

Respuesta: No está en agenda, subsiste solo el pago al contado

b) Deuda del IIBB de Contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado.

Respuesta: Actualmente existe una dificultad tecnológica vinculada con le ensamble de sistemas AFIP/ARBA que será subsanada en el horizonte de unos meses, a efectos de que pueda reglamentarse un PFP para estos contribuyentes

Impuesto a la transmisión gratuita de bienes

Consulta: Contribuyente domiciliado en PBA, con residencia y dirección real en la ciudad de Miramar. En el año 2021, recibió por fallecimiento de sus padres un inmueble ubicado en la ciudad de Barcelona (España) y 2 cuentas bancarias en el Banco Santander Rio radicadas en España. ¿Deberá tributar el ITGB en PBA por estos bienes heredados que permanecerán en el exterior? ¿Existe otro tratamiento frente al ITGB en caso de traer los importes de las cuentas al país?

Respuesta: En el caso planteado deberá tributar el ITGB. No existe un tratamiento diferencial para el caso que los importes de las cuentas sean traídos al país.

Accede al texto completo del acta: